MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

UNIMARC CORREDORES DE SEGUROS LIMITADA

RUT 76454856-6 CVE 1824186
Fecha instrumento
23 de septiembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de septiembre de 2020
Repertorio
138591-2020
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular, de la 2º Notaría de Santiago, con domicilio en Amunategui N° 73, Santiag o, certifica: Por escritura pública, de fecha 23 Septiembre 2020, Repertorio N°138.591-2020, ante mi Suplente ROBERTO PUGA PINO, los socios Inversiones RF S.A., sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario Número setenta y seis millones doscientos ocho mil novecientos sesenta y uno guion cero, domiciliada en calle Rosario Norte N° 660, piso 22, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y SMU S.A., sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario Número setenta y seis millones doce mil seiscientos setenta y seis guion cuatro, domiciliada en calle Cerro El Plomo N° 5.680, piso 1 1, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; acordaron modificar UNIMARC CORREDORES DE SEGUROS LIMITADA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 7546, número 4223 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2017, RUT. 76.454.856-6. Las Modificaciones consistieron: UNO) Aumentar el capital social en quinientos millones de pesos y por tanto sustituir el actual artículo cuatro de los estatutos sociales relativo al capital, por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de quinientos millones quinientos mil pesos, cantidad que los socios han aportado y aportaran de la siguiente manera: Inversiones RF S.A., la cantidad de doscientos ochenta y siete millones ciento treinta y seis mil ochocientos cincuenta pesos de los cuales ha aportado, con anterioridad a esta fecha, la cantidad de doscientos ochenta y seis mil ochocientos cincuenta pesos y aportará, en la medida que la caja social lo requiera, la suma de doscientos ochenta y seis millones ochocientos cincuenta mil pesos, que representa el cincuenta y siete coma treinta y siete por ciento del capital social y SMU S.A. la cantidad de doscientos trece millones trescientos sesenta y tres mil ciento cincuenta pesos de los cuales ha aportado, con anterioridad a esta fecha, la cantidad de doscientos trece mil ciento cincuenta pesos y aportará, en la medida que la caja social lo requiera, la suma de doscientos trece millones ciento cincuenta mil pesos, que representan el cuarenta y dos coma sesenta y tres por ciento del capital social. DOS) Revocar todos y cada uno de los poderes conferidos con anterioridad, con excepción del poder otorgado a don Raúl Luis Leal Rozas mediante escritura pública de fecha tres de junio del año en curso en la notaría de Santiago de don Francisco Leiva Carvajal y de todos los mandatos judiciales que se encontraren vigentes y sustituir el actual artículo sexto de los estatutos sociales relativo a la administración, representación y uso de la razón social, por el siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: La Sociedad será administrada por Apoderados nombrados por escritura pública, quiénes deberán cumplir con los requisitos y restricciones del artículo cincuenta y ocho del D.F.L doscientos cincuenta y uno y podrán administrar y representar a la Sociedad y hacer uso de la razón social con las más amplias facultades, según la siguiente estructura de poderes…”; dicha estructura de poderes consta en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de septiembre de 2020.