CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

TRINI CRUZ SpA

CVE 1823860
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
21 de septiembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de septiembre de 2020
Repertorio
14353-2020
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
Octava Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP

Objeto social

a) La preparación, organización y producción gastronómica de todo tipo de eventos; b) La administración, explotación y concesión de casinos, restaurantes, cafeterías, y de toda clase de locales comerciales de venta de alimentos; c) La compra, venta, exportación, importación, elaboración, distribución y comercialización de todo tipo de alimentos perecibles o no perecibles, platos preparados, equipos, máquinas, elementos, instrumentos y accesorios para la cocina y cualquier actividad relacionada con el giro gastronómico

Administración

La administración de la Sociedad será ejercida por un Gerente General de la forma y con las facultades establecidas en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular Octava Notaria de Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifico: por escritura de 21 de septiembre de 2020, Repertorio 14353-2020, ante mí, MARÍA TRINIDAD CRUZ FERNÁNDEZ, constituye sociedad por acciones. Nombre: “TRINI CRUZ SpA”. Objeto: a) La preparación, organización y producción gastronómica de todo tipo de eventos; b) La administración, explotación y concesión de casinos, restaurantes, cafeterías, y de toda clase de locales comerciales de venta de alimentos; c) La compra, venta, exportación, importación, elaboración, distribución y comercialización de todo tipo de alimentos perecibles o no perecibles, platos preparados, equipos, máquinas, elementos, instrumentos y accesorios para la cocina y cualquier actividad relacionada con el giro gastronómico. Capital: $500.000, dividido en 500 acciones de una misma y única serie, todas nominativas y sin valor nominal. Todas las cuales son íntegramente suscritas en acto de constitución y se pagarán en un plazo de 5 años contados desde escritura de constitución. Administración: La administración de la Sociedad será ejercida por un Gerente General de la forma y con las facultades establecidas en la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de septiembre de 2020.