MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Inversiones Lanalhue Limitada

RUT 76228834-6 CVE 1823772
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de agosto de 2020

Instrumento

Fecha
25 de agosto de 2020
Notario
LUIS POZA MALDONADO
Domicilio
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Personas y entidades (5)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Pedro Luis Corbeaux Larreboure socio 6361075-5
Macarena del Carmen Velasco Ramdohr socio 8018050-0
Nicolás Corbeaux Velasco socio 16606335-3
Dominique Corbeaux Velasco socio 17402161-9
Matías Corbeaux Velasco socio 18638817-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS POZA MALDONADO, Notario Público de Santiago, Avenida Vitacura Nº 6.844, Vitacura, certifica: por escritura de 25 de agosto de 2020, ante mí Suplente don David Poza Matus, Pedro Luis Corbeaux Larreboure, RUT 6.361.075-5, Macarena del Carmen Velasco Ramdohr, RUT 8.018.050-0, Nicolás Corbeaux Velasco, RUT 16.606.335-3, Claudia Andrea Nahuelquin Ovando, 8.712.378-5, Dominique Corbeaux Velasco, RUT 17.402.161-9, y Matías Corbeaux Velasco, RUT 18.638.817-8, todos domiciliados en República de Chipre 2114, Vitacura, Santiago, modificaron sociedad “Sociedad de Inversiones Lanalhue Limitada”, Rut 76.228.834-6, con un capital social de $2.000.000, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fs. 79.271 N° 55.123 del Registro de Comercio de Santiago de 2012, como sigue: 1. Macarena del Carmen Velasco Ramdohr cedió sus derechos sociales en proporción y condiciones de que se da cuenta en escritura extractada a Matías Corbeaux Velasco, quien ingresó como nuevo socio. Como consecuencia de la cesión de derechos, se retiró de la Sociedad Macarena Velasco Ramdohr. 2. Claudia Andrea Nahuelquin Ovando cedió sus derechos sociales en proporción y condiciones de que se da cuenta en escritura extractada a Dominique Corbeaux Velasco. Como consecuencia de la cesión de derechos, se retiró de la Sociedad Claudia Nahuelquin Ovando. 3. En virtud de la cesión de derechos anterior, se acordó sustituir el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de dos millones de pesos, que los socios han aportado y enterado a la Sociedad en las siguientes proporciones: /a/ don Pedro Corbeaux Larreboure, con un sesenta y cinco por ciento, correspondiente a un millón trescientos mil pesos, que es pagado en el acto de constitución de la sociedad, al contado y en dinero efectivo pesos; /b/ don Nicolás Corbeaux Velasco, con un quince por ciento, correspondiente a trescientos mil pesos, que es pagado en el acto de constitución de la sociedad, al contado y en dinero efectivo; c) don Matías Corbeaux Velasco, con un quince por ciento, correspondiente a trescientos mil pesos, que es pagado en el acto de constitución de la sociedad, al contado y en dinero en efectivo; y d) doña Dominique Corbeaux Velasco, con un cinco por ciento, correspondiente a cien mil pesos, que es pagado en el acto de constitución de la sociedad, al contado y en dinero en efectivo. En consecuencia, el capital de la Sociedad ascendente a dos millones de pesos, se encuentra íntegramente pagado”. 4. Se modificó la cláusula relativa a la administración y uso de la razón social de la Sociedad, en el sentido de indicar que esta, con las facultades y limitaciones contenidas en la escritura extractada, corresponde a Pedro Luis Corbeaux Larreboure o Nicolás Corbeaux Velasco, este último actuando conjuntamente con Dominique Corbeaux Velasco o Matías Corbeaux Velasco. En todo lo no modificado por escritura extractada, continúan plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad, en especial, estipulación relativa a que responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 09 de septiembre de 2020.