Servicios Torres Salazar e Hijos Limitada
Instrumento
- Fecha
- 9 de septiembre de 2020
- Repertorio
- 747-2020
- Notario
- HERNAN JOSE RETAMAL GRIMBERG
- Oficio
- Notaría de Quilicura
- Comuna
- Quilicura
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley N°19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERNAN JOSE RETAMAL GRIMBERG, Abogado, Notario Público de la Notaría de Quilicura, con oficio en calle José Francisco Vergara Nº 328, local 5, Quilicura, certifico: Que por escritura pública de fecha 09 de septiembre del año 2020, repertorio Nº747-2020, ante mí, comparecen: Don Francisco Javier Torres Aguilera, domiciliado en Jardín de Venus Norte N°558, comuna de Quilicura, doña Marcela Evelin Salazar Escobar, del mismo domicilio anterior, y doña Javiera Marcela Torres Salazar, domiciliada en Rembrandt N°548, comuna de Quilicura, quienes conforme Ley N°19.499, corrigieron y sanearon con esta fecha, la modificación de la sociedad “Servicios Torres Salazar e Hijos Limitada”, que consta en escritura pública de fecha 30 de agosto de 2019, suscrita ante Pedro Parra Ahumada, Abogado, Notario de la Notaría de Peñalolén, con oficio en Avenida Grecia N°5.616, comuna de Peñalolén, cuyo vicio de nulidad formal consiste en la no inscripción y publicación oportuna de la modificación social y del extracto respectivo; Como así también corrigieron y sanearon con esta fecha, el vicio formal del que adolece el extracto de la modificación social que consta en escritura pública de fecha 09 de septiembre del año 2015, suscrita ante Jaime Romero Ordenes, Notario Público Titular, de la Notaría de Quilicura, con oficio en Calle Raimundo Romo N°300, de la comuna de Quilicura, inscrita a fojas 69.480 N°40.499 del año 2015, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, toda vez que la socia Javiera Marcela Torres Salazar, no compareció con su domicilio en el extracto publicado en el Diario Oficial, en su edición del día 12 de septiembre del año 2015, siendo su domicilio el señalado en esta publicación. En todo lo no modificado rige plenamente el pacto social. Santiago de Chile, Quilicura, 09 de septiembre de 2020.