Instrumento
- Fecha
- 16 de septiembre de 2020
- Repertorio
- 13836/2020
- Notario
- María Pilar Gutiérrez Rivera
- Oficio
- 18 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular de la 18 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 16 de Septiembre de 2020, Repertorio N° 13.836 /2020, ante mí, Santiago Claudio Rivadeneira Fernández y doña Esperanza del Rosario Rivadeneira Fernández, constituyeron una sociedad por acciones denominada INVERSIONES SRF SpA. El objeto de la sociedad es efectuar tanto en Chile como en el extranjero toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socios en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades, percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los accionistas. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. El capital de la sociedad asciende a la suma de trescientos mil pesos, dividido en trescientas mil acciones iguales, de una misma serie y sin valor nominal, y se encuentra íntegramente suscrito y pagado. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponde a don Santiago Claudio Rivadeneira Fernández. Esta designación no es esencial, ni entraba el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a favor de los mismos accionistas o de terceros. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de Septiembre de 2020.