MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES SANTA GLADYS LIMITADA

RUT 76240485-0 CVE 1823984
Capital
$64.700 CLP
Notaría
Santiago

Instrumento

Notario
Álvaro González Salinas
Oficio
42ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$64.700 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Álvaro González Salinas, abogado, Notario Público Titular de la 42ª Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas N° 1.070, Segúndo Piso, certifica :Por escritura pública de fecha 24 de Septiembre del 2.020, otorgada hoy ante mí: María Jesús Díaz Ferretti, Rut 15.363.317-7, Avda. La Dehesa 3579, Casa 23, Lo Barnechea, Región Metropolitana y Benjamín Díaz Ferretti, Rut 16.370.053-0,Avenida La Dehesa 3685, casa 44,Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron sociedad responsabilidad limitada INVERSIONES SANTA GLADYS LIMITADA, 76.240.485-0, inscrita Registro Comercio Santiago fjs. 70.507 N° 49.059 año 2012, cuyo capital inicial asciende a la suma de $300.000, en los siguientes términos: Uno: aumentar el capital de la sociedad de la suma de $300.000 a la suma de $64.700.000, mediante un aumento efectivo correspondiente a $64.400.000, el que es aportado por cada socio y en partes iguales mediante el aporte de $32.200.000, sumas de dinero recibidas a entera satisfacción de la Sociedad y que ingresan a la caja social. De esta forma se reemplaza la cláusula quinta del estatuto social por la siguiente: Quinto: Capital Social:el capital de la sociedad es la cantidad de $64.700.000 aportados por los socios de la siguiente manera: a) doña María Jesús Díaz Ferretti, aporta la cantidad de $32.350.000, íntegramente pagado a esta fecha, equivalentes al cincuenta por ciento del capital social, y b) don Benjamín Díaz Ferretti, aporta la cantidad de $32.350.000, íntegramente pagado a esta fecha, equivalentes al cincuenta por ciento del capital social. Dos: sustituir el artículo décimo del pacto social, por el siguiente: Décimo: la sociedad rige a contar del día primero de Octubre del año dos mil doce y durará hasta el día 31 de octubre de dos mil veinte, pudiendo renovarse su vigencia por periodos de un año si uno cualquiera de los socios manifestare su voluntad de renovarla con, a lo menos, 15 días de anticipación a la fecha de término del período respectivo, de lo que se dejará constancia mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social.- Demás estipulaciones escritura extractada, Santiago, 25 de Septiembre del 2.020.