MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Beranda SpA

RUT 77187295-6 CVE 1824287
Capital
$14.131.397 CLP
Fecha instrumento
10 de septiembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de septiembre de 2020
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$14.131.397 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 10 de septiembre de 2020, ante mí: La sociedad Joaquín García Tagle y Compañía, en su calidad de actual y única accionista de la sociedad Inversiones Beranda SpA, inscrita a fojas 38.756, número 18.517 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020, según Registro de Accionistas que he tenido a la vista, acordó aumento de capital y modificación de la sociedad en los siguientes términos: I.- Aumento de Capital: La actual y única accionista acuerda aumentar el capital de la sociedad Inversiones Beranda SpA, actualmente ascendente a la suma de 14.131.397,17 dólares de los Estados Unidos de Norte América, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y todas de igual valor, en la cantidad de 6.001.000 dólares de los Estados Unidos de Norte América, mediante la emisión de 425 nuevas acciones de pago, de iguales características a las ya existentes, quedando, en definitiva, el capital fijado en la suma total de 20.132.397,17 dólares de los Estados Unidos de Norte América, representado por 1.425 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y todas de igual valor. II.- Modificación de Estatutos Sociales: En virtud de los acuerdos contemplados conforme a escritura extractada, la sociedad Joaquín García Tagle y Compañía, en su calidad de actual y única accionista de la Sociedad Inversiones Beranda SpA, acuerda modificar los siguientes artículos del pacto social: Uno. Se reemplaza el Artículo Quinto de los Estatutos Sociales, relativo al capital social, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital social es la suma única y total de 20.132.397,17 dólares de los Estados Unidos de Norte América, dividido en 1.425 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, de las cuales 1.139 acciones se encuentran íntegramente suscritas y pagadas por la sociedad Joaquín García Tagle y Compañía y las restantes 286 acciones se encuentran íntegramente suscritas por la sociedad Joaquín García Tagle y Compañía, pero serán pagadas por ella de la forma expresada en el Artículo Segundo Transitorio de los Estatutos Sociales.”; Dos. Se reemplaza el Artículo Segundo Transitorio de los Estatutos Sociales, relativo a la suscripción y pago de las acciones, por el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital social establecido en el Artículo Quinto de los Estatutos Sociales, ascendente a la suma de 20.132.397,17 dólares de los Estados Unidos de Norte América, está representado por 1.425 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas por su actual y única accionista, la sociedad Joaquín García Tagle y Compañía, las cuales se encuentran pagadas, son pagadas en este acto, o serán pagadas por ella, según corresponda, de acuerdo al siguiente detalle: i) 1.000 acciones equivalentes a 14.131.397,17 dólares de los Estados Unidos de Norte América se encuentran íntegramente pagadas por ella con anterioridad a esta fecha; ii) 139 acciones equivalentes a 1.962.680 dólares de los Estados Unidos de Norte América se pagan íntegramente por ella en el presente acto, mediante el aporte de dinero efectivo ingresado en caja social; y iii) las restantes 286 acciones equivalentes a 4.038.320 dólares de los Estados Unidos de Norte América se pagarán por ella dentro de un plazo de 5 años contado desde la fecha del presente instrumento, mediante el aporte de dinero efectivo.”. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 24 de septiembre de 2020.-