CONSTITUCIÓN Sociedad Anónima

ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSIÓN PRIVADOS CABO NEGRO SOCIEDAD ANÓNIMA

RUT 76414594-1 CVE 1823776
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de septiembre de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
8 de septiembre de 2020

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La administración de Fondos de Inversión Privados de acuerdo a lo señalado en el Capítulo quinto de la Ley número veinte mil setecientos doce; y, b) La administración, gestión, participación como socio industrial y la explotación de las sociedades, inversiones, negocios o empresas en que la sociedad participe directa o indirectamente, sea en su propiedad o estructura societaria, a título de socio, accionista, entidad o persona relacionada, miembro del mismo grupo controlador o a cualquier otro. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o de terceros; y participar como socio o accionista aportante de bienes apreciables en dinero o bien de su trabajo, gestión o industria, en la constitución, ingreso a cualquier título o administración de toda clase de sociedades de capital o de personas y comunidades, todo ello tanto en Chile como en el extranjero. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
PUERTO FUY SPA socio 76414594-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Abogado, Notario Titular de San Miguel con asiento la comuna de San Ramón, domicilio en Avenida Santa Rosa N°7.955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 8 de septiembre de 2020, ante mí, la sociedad PUERTO FUY SPA, RUT 76.414.594-1 y don JUAN LUIS CONTRERAS SABAL, cédula de identidad número 16.212.574-5; ambos domiciliados en Avenida Presidente Kennedy 9070, oficina 1501, Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron sociedad anónima cerrada. Nombre: ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSIÓN PRIVADOS CABO NEGRO SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que la sociedad decida establecer en otros lugares del territorio nacional o en el extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La administración de Fondos de Inversión Privados de acuerdo a lo señalado en el Capítulo quinto de la Ley número veinte mil setecientos doce; y, b) La administración, gestión, participación como socio industrial y la explotación de las sociedades, inversiones, negocios o empresas en que la sociedad participe directa o indirectamente, sea en su propiedad o estructura societaria, a título de socio, accionista, entidad o persona relacionada, miembro del mismo grupo controlador o a cualquier otro. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o de terceros; y participar como socio o accionista aportante de bienes apreciables en dinero o bien de su trabajo, gestión o industria, en la constitución, ingreso a cualquier título o administración de toda clase de sociedades de capital o de personas y comunidades, todo ello tanto en Chile como en el extranjero. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) La sociedad PUERTO FUY SpA, 980 acciones por el valor de $980.000, que pagará dentro de un plazo máximo de 3 años a contar de la fecha de la escritura, más el correspondiente reajuste; y, b) don JUAN LUIS CONTRERAS SABAL suscribe 20 acciones, por el valor de $20.000, que pagará dentro de un plazo máximo de 3 años a contar de la fecha de la escritura más el correspondiente reajuste. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de Septiembre de 2020. M. Medina R. Notario Público.