SOCIEDAD DE SERVICIOS JURÍDICOS, ASESORÍAS, INVERSIONES Y CAPACITACIÓN DÍAZ BUROTTO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de septiembre de 2020
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- Temuco
- Duración
- cinco años a contar fecha escritura, renovable tácita y automáticamente por períodos sucesivos e iguales de cinco años cada uno, forma estipulada en escritura
Objeto social
será: A) prestación de toda clase de servicios profesionales y)o técnicos, consultorías, asesorías y estudios diversos a personas naturales, empresas u organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros; B) prestación de todo tipo de servicios profesionales en el área del Derecho, en todas sus expresiones, asesorías, consultorías, capacitación, informes, evaluación de proyectos, estudios, asistencia técnica; C) representación judicial, a personas naturales o jurídicas, públicas y privadas, agencias de cooperación u organismos no gubernamentales, chilenos o extranjeros; D) asesoría y asistencia técnica y profesional en materias de educación y servicios de capacitación; E) prestación, por cuenta propia o ajena, de servicios profesionales, asesorías laborales y servicios de consultoría gerencial a empresas e instituciones educacionales en las áreas legales, laboral, comercial, administración, planificación, de recursos humanos, tributaria y financiera, especialmente en lo relativo a servicios de asesorías a empresas en materia laboral, derechos del consumidor, compliance, cobranzas prejudicial y judiciales, la tenencia y administración de toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, la administración y obtención de rentas y demás frutos de dichos bienes, así como también, prestar servicios de asesoría jurídica en todas las áreas de práctica del derecho, tales como litigación judicial y arbitrajes, procesos administrativos, propiedad industrial y marcas o asesorías corporativa, educacionales y áreas de eventos en general; F) preparación informes, estudios e investigaciones relacionadas actividades descritas; G) cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Todo lo anterior por cuenta propia o ajena
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha veintitrés de Septiembre de dos mil veinte, ante mí, don SERGIO RAFAEL DÍAZ BRAVO, chileno, abogado, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número diez millones setecientos cincuenta y seis mil doscientos dieciséis guion ocho; y doña ANDREA DANIELA DE LOURDES BUROTTO WEGNER, chilena, educadora de párvulos, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad número trece millones seiscientos noventa y siete mil cuarenta y seis guion uno, ambos domiciliados en pasaje Punta del Este número cero dos mil doscientos noventa de la ciudad y comuna de Temuco, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada.- RAZON SOCIAL: “SOCIEDAD DE SERVICIOS JURÍDICOS, ASESORÍAS, INVERSIONES Y CAPACITACIÓN DÍAZ BUROTTO LIMITADA", pudiendo usar para todos los efectos, inclusive con los Bancos “Servicios DIATTO LIMITADA.”.- ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: corresponderá a ambos socios, conjunta o separadamente, facultades en pacto social.- CAPITAL: $3.000.000.- que se paga por los socios de la siguiente forma: Uno) el socio, doña ANDREA DANIELA DE LOURDES BUROTTO WEGNER, aporta la suma de dos millones de pesos, equivalentes al sesenta y siete coma siete por ciento del capital social, que entera en este acto de contado y en dinero efectivo a la caja social; y Dos) el socio, don SERGIO RAFAEL DÍAZ BRAVO, aporta la suma de un millón de pesos, equivalentes al treinta y tres coma tres por ciento del capital social, que entera en este acto de contado y en dinero efectivo a la caja social.- Los socios limitan su responsabilidad social hasta la concurrencia de sus aportes.- OBJETO: será: A) prestación de toda clase de servicios profesionales y/o técnicos, consultorías, asesorías y estudios diversos a personas naturales, empresas u organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros; B) prestación de todo tipo de servicios profesionales en el área del Derecho, en todas sus expresiones, asesorías, consultorías, capacitación, informes, evaluación de proyectos, estudios, asistencia técnica; C) representación judicial, a personas naturales o jurídicas, públicas y privadas, agencias de cooperación u organismos no gubernamentales, chilenos o extranjeros; D) asesoría y asistencia técnica y profesional en materias de educación y servicios de capacitación; E) prestación, por cuenta propia o ajena, de servicios profesionales, asesorías laborales y servicios de consultoría gerencial a empresas e instituciones educacionales en las áreas legales, laboral, comercial, administración, planificación, de recursos humanos, tributaria y financiera, especialmente en lo relativo a servicios de asesorías a empresas en materia laboral, derechos del consumidor, compliance, cobranzas prejudicial y judiciales, la tenencia y administración de toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, la administración y obtención de rentas y demás frutos de dichos bienes, así como también, prestar servicios de asesoría jurídica en todas las áreas de práctica del derecho, tales como litigación judicial y arbitrajes, procesos administrativos, propiedad industrial y marcas o asesorías corporativa, educacionales y áreas de eventos en general; F) preparación informes, estudios e investigaciones relacionadas actividades descritas; G) cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Todo lo anterior por cuenta propia o ajena.- DURACION: cinco años a contar fecha escritura, renovable tácita y automáticamente por períodos sucesivos e iguales de cinco años cada uno, forma estipulada en escritura.- DOMICILIO: Temuco, sin perjuicio de que puedan establecer sucursales o agencias en el resto del país o en el extranjero.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 26 de Septiembre de 2020.