MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS MÉDICOS VILLABLANCA Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 78446220-K CVE 1823427
Fecha instrumento
15 de septiembre de 2020
Notaría
Santiago de Juan Ricardo

Instrumento

Fecha
15 de septiembre de 2020
Repertorio
1136/2020
Notario
ANFION PODLECH ROMERO
Domicilio
Arauco
Comuna
Santiago de Juan Ricardo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANFION PODLECH ROMERO, Notario Público Arauco, Cochrane 337, CERTIFICA: Por escritura pública ante mi 15 septiembre 2020, Repertorio Nº 1136 / 2020, NELSON JAVIER VILLABLANCA MARTÍNEZ, domiciliado en Villa San Alonso número tres, comuna y ciudad de Arauco, Región del Biobío, y BERTA ESTER SALDÍAS LIZAMA, en representación de JORGE OMAR VILLABLANCA MARTÍNEZ, de JORGE ANDRÉS VILLABLANCA SALDÍAS y de DANIELA ALEXANDRA VILLABLANCA SALDÍAS, todos domiciliados para estos efectos en Calle Heriberto Covarrubias número quinientos sesenta y dos, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, MODIFICARON sociedad "SERVICIOS MÉDICOS VILLABLANCA Y COMPAÑÍA LIMITADA", o también conocida como "SERMED LTDA.", Rol Único Tributario número setenta y ocho millones cuatrocientos cuarenta y seis mil doscientos veinte guión K, constituida por Jorge Omar Villablanca Martínez, Nelson Javier Villablanca Martínez y Berta Ester Saldías Lizama, a través de escritura pública fecha cinco octubre año mil novecientos noventa y tres, otorgada en la Notaría de Santiago de Juan Ricardo San Martín Urrejola; extracto inscrito a fojas veinticuatro mil setecientos setenta y uno, número veinte mil cuatrocientos cuarenta, Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces Santiago, año mil novecientos noventa y tres; sociedad la que a su vez fue objeto de modificaciones según dan cuenta los siguientes instrumentos: i) escritura pública de fecha treinta noviembre año mil novecientos noventa y cuatro, otorgada en la Notaría de Santiago de Juan Ricardo San Martín Urrejola, extracto inscrito a fojas seiscientos setenta y siete, número quinientos cincuenta y ocho, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año mil novecientos noventa y cinco. ii) escritura pública de fecha dieciséis de mayo del año mil novecientos noventa y siete, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, extracto inscrito a fojas catorce mil doscientos treinta y ocho, número once mil cuatrocientos doce, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año mil novecientos noventa y siete. iii) escritura pública de fecha cuatro de marzo del año dos mil trece, otorgada en la Notaría de Santiago de Juan Ricardo San Martín Urrejola, extracto inscrito a fojas diecinueve mil novecientos ochenta y uno, número trece mil ciento veinticinco, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil trece. Los actuales y únicos socios de "SERMED LTDA.", son Nelson Javier Villablanca Martínez con un noventa y ocho por ciento de los derechos sociales, Jorge Andrés Villablanca Saldías con un uno por ciento de los derechos sociales y Daniela Alexandra Villablanca Saldías con un uno por ciento de los derechos sociales. Por instrumento se extracta los únicos socios de la sociedad, "SERMED LTDA.", NELSON JAVIER VILLABLANCA MARTÍNEZ, JORGE ANDRÉS VILLABLANCA SALDÍAS y DANIELA ALEXANDRA VILLABLANCA SALDÍAS, acordaron aumentar el capital de la sociedad en la suma de sesenta millones de pesos, de modo que a partir de fecha escritura se extracta el capital social ascenderá a la suma de sesenta y un millones de pesos. Este aumento será pagado por el nuevo socio que se incorpora a la sociedad, don JORGE OMAR VILLABLANCA MARTÍNEZ, cuyo ingreso se materializa en ese acto, siendo consentido por los tres socios de manera expresa . Así las cosas, en escritura se extracta JORGE OMAR VILLABLANCA MARTÍNEZ paga y entera en la caja social la cantidad de un millón de pesos, comprometiéndose a enterar y pagar los cincuenta y nueve millones de pesos restantes dentro del plazo de tres años contados desde la suscripción de escritura se extracta. En virtud de lo señalado se MODIFICA la cláusula quinta de los estatutos de la sociedad, relativa al capital social, reemplazándose por la siguiente, "QUINTO: El capital social es de la suma de sesenta y un millones de pesos, cantidad que los socios enteran y pagan de la siguiente forma y proporción: a) don NELSON JAVIER VILLABLANCA MARTÍNEZ, aporta la suma de novecientos ochenta mil pesos, que ingresan a la caja social de contado y en dinero en efectivo; b) don JORGE ANDRÉS VILLABLANCA SALDÍAS, aporta la suma de diez mil pesos, que ingresan a la caja social de contado y en dinero en efectivo; c) doña DANIELA ALEXANDRA VILLABLANCA SALDÍAS, aporta la suma de diez mil pesos, que ingresan a la caja social de contado y en dinero en efectivo; y, d) don JORGE OMAR VILLABLANCA MARTÍNEZ, aporta la suma de sesenta millones de pesos, de los cuales un millón de pesos ingresa a la caja social de contado y en dinero en efectivo, mientras que los cincuenta y nueve millones de pesos restantes serán pagados y enterados por el socio dentro del plazo de tres años.". Se consigna que los actuales socios de "SERMED LTDA." son: a) NELSON JAVIER VILLABLANCA MARTÍNEZ, con un uno coma seis cero siete por ciento de los derechos sociales; b) JORGE ANDRÉS VILLABLANCA SALDÍAS, con un cero coma cero uno seis por ciento de los derechos sociales; c) DANIELA ALEXANDRA VILLABLANCA SALDÍAS, con un cero coma cero uno seis por ciento de los derechos sociales; y, d) JORGE OMAR VILLABLANCA MARTÍNEZ, con un noventa y ocho coma tres seis uno por ciento de los derechos sociales. Por instrumento se extracta los socios, Nelson Javier Villablanca Martínez, Jorge Andrés Villablanca Saldías, Daniela Alexandra Villablanca Saldías y Jorge Omar Villablanca Martínez, acordaron modificar la cláusula cuarta de los estatutos de la sociedad, relativa a la administración, representación y uso de la razón social , en el sentido que la administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don Jorge Omar Villablanca Martínez.- En todo lo no modificado por instrumento se extracta continúan plenamente vigentes las demás estipulaciones del pacto social en cuanto sean compatibles con las presentes modificaciones. Demás estipulaciones escritura se extracta.- Arauco, 24 de septiembre de 2020.