CONSTITUCIÓN Cooperativa

COOPERATIVA SERVICIOS TURISTICOS Y AGRÍCOLAS TURISMO CHELIN

RUT 11879761-2 CVE 1823264
Capital
$648.000 CLP
Fecha instrumento
25 de septiembre de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
25 de septiembre de 2020
Notario
PEDRO HERNÁN LARRERE CASTRO
Domicilio
Castro

Sociedad

Capital
$648.000 CLP
Domicilio
comuna Castro, provincia de Chiloé, Región de Los Lagos
Duración
Indefinida

Objeto social

La Cooperativa tiene por objeto dedicarse al diseño, elaboración, confección, producción y provisión de servicios turísticos en sentido amplio, bienes y)o productos relacionados generalmente a las actividades de los servicios turísticos, el desarrollo y explotación por sí o a través de terceros, de todo tipo de actividades turísticas, hoteleras, gastronómicas, recreativas, artesanas, culturales y)o deportivas y la prestación de servicios relacionados con tales fines, para el beneficio de sus socios en este rubro específico, quienes prestarán y)o proveerán a su vez de manera individual de sus propios bienes, productos y servicios en sentido general o aquellos propios de la agricultura o ganadería de subsistencia; para que de esta forma, mancomunadamente, potencien y fortalezcan servicios turísticos en sentido amplio. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá sus socios igual neutralidad en sus actividades internas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO HERNÁN LARRERE CASTRO, Notario Público Castro, calle Balmaceda 286, Castro, certifico: con fecha 15 septiembre 2020, MATILDE ISABEL VILLARROEL ARANGUI, chilena, casada, gestora de turismo, cédula de identidad 11.879.761-2, domiciliada para estos efectos Ramon Freire 417 Castro, redujo a escritura pública Acta Junta General Constitutiva de “COOPERATIVA SERVICIOS TURISTICOS Y AGRÍCOLAS TURISMO CHELIN”, pudiendo también denominarse “COOPERATIVA TURISMO CHELIN”. Domicilio: comuna Castro, provincia de Chiloé, Región de Los Lagos, sin perjuicio desarrollar actividades en otros puntos del país o extranjero. Objeto: La Cooperativa tiene por objeto dedicarse al diseño, elaboración, confección, producción y provisión de servicios turísticos en sentido amplio, bienes y/o productos relacionados generalmente a las actividades de los servicios turísticos, el desarrollo y explotación por sí o a través de terceros, de todo tipo de actividades turísticas, hoteleras, gastronómicas, recreativas, artesanas, culturales y/o deportivas y la prestación de servicios relacionados con tales fines, para el beneficio de sus socios en este rubro específico, quienes prestarán y/o proveerán a su vez de manera individual de sus propios bienes, productos y servicios en sentido general o aquellos propios de la agricultura o ganadería de subsistencia; para que de esta forma, mancomunadamente, potencien y fortalezcan servicios turísticos en sentido amplio. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Duración: indefinida. Capital Social y Aportes de Capital: El capital social suscrito es $648.000, dividido en 900 cuotas de participación, sin valor nominal, con un valor de $720 cada una. Cada socio fundador suscribe 100 cuotas de participación, pagando la totalidad, equivalentes a $72.000, en dinero efectivo, que ha ingresado a la caja social en calidad de “aporte empresarial”, en el contexto del proyecto Sercotec, adjudicado por el Comité de Evaluación Regional. Los socios que ingresen posteriormente deberán suscribir y pagar el número mínimo, de 100 cuotas de participación cuyo valor comunicará anualmente la Junta General de Socios, que debe realizarse el primer cuatrimestre de cada año, acorde al resultado anual del balance, en los términos que señalan los estatutos y siempre en el caso de que la Junta General de Socios no determine otra regla de incorporación. Capital de la Cooperativa será variable e ilimitado y tendrá como mínimo inicial el precedentemente referido. Será incrementado con las sumas destinadas a su pago que efectúen los socios por la suscripción de cuotas de participación. Ningún socio podrá ser dueño de más del 20 por ciento del capital total de la cooperativa. Concurrieron 09 socios a la Junta Constitutiva. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Castro, 25 septiembre 2020.