AGRÍCOLA Y COMERCIAL ZB LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de septiembre de 2020
- Repertorio
- 1119/020
- Notario
- FRANCISCA ROJAS DAMM
- Oficio
- 6. notaría de Santiago
Sociedad
- Capital
- $154.606 CLP
- Domicilio
- Será la ciudad de Santiago
- Duración
- 15 años contados desde la fecha de la escritura, renovable automática y sucesivamente en períodos de 10 años cada uno, salvo que algún socio manifieste voluntad de no prorrogarlo con formalidades que señala la escritura
Objeto social
a) Realizar todo tipo de actividades agrícolas, forestales y pecuarias, tales como la producción y explotación agrícola, agroindustrial, forestal, frutícola, ganadera, avícola, gestión de predios rústicos por cuenta propia o ajena; b) La compra, venta, comercialización y en general adquisición y enajenación, tanto a nivel nacional como internacional, de todo tipo de bienes relacionados con el objeto; c) La plantación, cultivo, crianza, transformación, comercialización, exportación e importación de los productos de dicha explotación; d) La fabricación y venta de fertilizantes orgánicos, tierras tratadas, compostaje y similares; e) La producción, procesamiento, distribución y compraventa de materias primas, alimentos concentrados, semillas, fertilizantes y cualquier otro producto del agro, pudiendo actuar por cuenta propia, como comisionista o mandataria de terceros; f) La compra, venta, representación e importación de maquinarias, partes, piezas y equipos agrícolas y agroindustriales; g) La prestación de servicios agrícolas con maquinarías y equipos propios o ajenos y, en general, la realización de todo acto que tenga relación directa o indirecta con el objeto señalado precedentemente
Administración
La ejercerá César Rolando Zúñiga Barrera, con amplias facultades y sin limitaciones
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCA ROJAS DAMM, Notario Público, Suplente de la 6. notaría de Santiago, Compañía 1085, certifica: Por escritura pública del 10 de septiembre de 2020, ante mí, CARMEN AMANDA ZÚÑIGA BARRERA, kinesióloga, domicilio en calle Ortuzar Nº 587, Depto. 94 Valle, Ñuñoa, y CESAR ROLANDO ZÚÑIGA BARRERA, ingeniero agrónomo, domiciliado en Camino de Las Hojas Nº 12230, Las Condes, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Nombre: "AGRÍCOLA Y COMERCIAL ZB LIMITADA”, pudiendo usar indistintamente para fines publicitarios la abreviación "AGRÍCOLA ZB LTDA." Objeto: a) Realizar todo tipo de actividades agrícolas, forestales y pecuarias, tales como la producción y explotación agrícola, agroindustrial, forestal, frutícola, ganadera, avícola, gestión de predios rústicos por cuenta propia o ajena; b) La compra, venta, comercialización y en general adquisición y enajenación, tanto a nivel nacional como internacional, de todo tipo de bienes relacionados con el objeto; c) La plantación, cultivo, crianza, transformación, comercialización, exportación e importación de los productos de dicha explotación; d) La fabricación y venta de fertilizantes orgánicos, tierras tratadas, compostaje y similares; e) La producción, procesamiento, distribución y compraventa de materias primas, alimentos concentrados, semillas, fertilizantes y cualquier otro producto del agro, pudiendo actuar por cuenta propia, como comisionista o mandataria de terceros; f) La compra, venta, representación e importación de maquinarias, partes, piezas y equipos agrícolas y agroindustriales; g) La prestación de servicios agrícolas con maquinarías y equipos propios o ajenos y, en general, la realización de todo acto que tenga relación directa o indirecta con el objeto señalado precedentemente. Administración: La ejercerá César Rolando Zúñiga Barrera, con amplias facultades y sin limitaciones. Capital: $154.606.000 que socios enteran en el acto, de la manera siguiente: A) Carmen Amanda Zúñiga Barrera aporta $17.000.000, que equivalen a un 11% del capital social: UNO) Transfiriendo en dominio pleno todas sus acciones y derechos en la propiedad raíz agrícola ubicada en la Subdelegación de Colín, Comuna de Talca, que corresponde a la hijuela número dos, denominada El Cuasio, inscritos a fojas 2.482 número 975 del año 1999 y a fojas 10.317 número 4.130 del año 2007, ambas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca. Rol Avalúos Nº 160-71 de El Maule. Avaluados de común acuerdo en $15.000.000. DOS) Transfiriendo en dominio pleno todas las acciones y derechos que tiene en la propiedad raíz agrícola ubicada en la Comuna de Duao, inscritos a fojas 2.483 número 976 del año 1999 y a fojas 10.318 número 4.131 del año 2007, ambas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca. Rol de Avalúos Nº 160–15 de El Maule. Avaluados de común acuerdo en $2.000.000. B) César Rolando Zúñiga Barrera aporta $137.606.000 que equivalen a un 89% del capital social, de la manera siguiente: UNO) Transfiriendo en dominio pleno todas las acciones y derechos que tiene en la propiedad raíz agrícola ubicada en la Subdelegación de Colín, Comuna de Talca, que corresponde a la hijuela número dos, denominada El Cuasio, inscritos a fojas 2.482 número 975 del año 1999 y a fojas 10.317 número 4.130 del año 2007, ambas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca. Rol de Avalúos Nº 160-71 de El Maule. Avaluados en $15.000.000. DOS) Transfiriendo en dominio pleno todas las acciones y derechos que tiene en la propiedad raíz agrícola ubicada en la Comuna de Duao, inscritos a fojas 2.483 número 976 del año 1999 y a fojas 10.318 número 4.131 del año 2007, ambas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca. Rol de Avalúos Nº 160–15 de El Maule. Avaluados en $2.000.000. TRES) Aportando $103.606.000 en bienes, instalaciones, cercos, construcciones, caminos, postaciones, plantaciones, bodegas, invernaderos, energía eléctrica y agua, maquinaria, herramientas y mejoras en general efectuadas con recursos propios, según inventario valorizado de común acuerdo por los socios, protocolizado en la misma notaría bajo el N° 2 y con Repertorio 1119/020, de la misma fecha. CUATRO) Con $17.000.000 que aportará en dinero efectivo, dentro del plazo máximo de 1 año contado desde la fecha de la escritura pública, en la medida que las necesidades sociales lo requieran. Limite de responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad por los negocios sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Duración: 15 años contados desde la fecha de la escritura, renovable automática y sucesivamente en períodos de 10 años cada uno, salvo que algún socio manifieste voluntad de no prorrogarlo con formalidades que señala la escritura. Domicilio: Será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de sucursales o agencias en el resto del país o en el extranjero. Otros pactos en la escritura extractada. Santiago, 23 de septiembre de 2020.