Sermecoop Corredora de Seguros SpA
Instrumento
- Fecha
- 8 de septiembre de 2020
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
- Oficio
- 49° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público Titular de la 49° Notaría de Santiago, Amunátegui 391, local 1, comuna y ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública, hoy, ante mí , Mauricio Cárcamo Peschke, ingeniero en ejecución, cédula nacional de identidad 9.402.648-2, y Jessica Gutierrez Valenzuela, contador auditor, cédula nacional de identidad 13.290.141-4, ambos en representación de Cooperativa de Servicios Médicos Sermecoop Limitada, rol único tributario 70.375.900-9, todos con domicilio en calle Compañía de Jesús 1390, oficina 307, comuna de Santiago, Región Metropolitana; y Marcelo Javier Rubio Barrientos, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad 10.050.973-3, y Eduardo Andrés Riquelme Sancy, ingeniero mecánico, cédula nacional de identidad 15.432.105-5, ambos en representación de Comercial e Inversiones y Asesorías Insurex SpA, rol único tributario 77.218.522-7, todos con domicilio en calle Monseñor Sótero Sanz 161, oficina 201, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en su carácter de actuales únicos socios de Sermecoop Corredora de Seguros SpA, rol único tributario 77.116.701-2, con mismo domicilio anterior, acordaron siguientes modificaciones a estatutos sociales: a) Se acuerda aumentar actual capital de $1.000.000 dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, a la suma de $11.000.000 dividido en 1.100 acciones de iguales características, íntegramente suscrito y pagado. El aumento de capital de $10.000.000 equivalentes a 1.000 nuevas acciones, se suscribe, entera y paga en este acto por ambos accionistas, por iguales partes, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social. b) Se establece que Sociedad será administrada y representada legalmente por un Directorio compuesto de cuatro miembros que durarán en sus funciones por el plazo de tres años al término del cual deberá renovarse en su totalidad. Los Directores podrán ser reelegidos en forma indefinida. No se requerirá el carácter de accionista para ser Director. El Directorio representa judicial y extrajudicialmente a la Sociedad, no obstante la representación que compete al Gerente General. Demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en escritura extractada. Santiago, 08 de septiembre de 2020. Wladimir Alejandro Schramm López. Notario Titular.