SELAMÉ Y COMPAÑÍA
Instrumento
- Fecha
- 7 de septiembre de 2020
- Notario
- PATRICIA BAHAMONDE VEGA
- Domicilio
- con oficio en esta 12 Norte Nº 785
- Comuna
- Viña del Mar de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA BAHAMONDE VEGA, abogado, Notario Público, con oficio en esta 12 Norte Nº 785, piso 3, suplente del titular don LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, certifica: por escritura pública de fecha 07 de septiembre de 2020, ante Suplente Natalia Ramirez Aranda, doña MARÍA EUGENIA CARMEN SELAMÉ ZACARÍAS, Cédula Nacional de Identidad y Rol Único Tributario número 5.325.262-1, con domicilio en Avenida San Martín número 120, departamento 61, Viña del Mar; don JUAN PABLO MALUK SELAMÉ, Cédula Nacional de Identidad y Rol Único Tributario número 11.736.422-4, con domicilio en Dos Norte número 202, departamento número 603, Viña del Mar y doña MARIA EUGENIA MALUK SELAMÉ, Cédula Nacional de Identidad y Rol Único Tributario número 12.222.710-3, con domicilio en Juan Crisóstomo Jacques número 2281, departamento número 704, Providencia, acordaron rectificar y complementar cláusula tercera de escritura suscrita en la Notaria de Viña del Mar de Don Luis Fischer Yavar, con fecha 4 agosto 2020, extracto inscrito a Fojas 581v Número 357 en el Registro de Comercio de Valparaíso de 2020 y publicado en Diario Oficial número 42.734 de 19 agosto 2020, en el sentido de reemplazar dicha cláusula por la siguiente: “TERCERO: AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL. Por el presente instrumento, los comparecientes - únicos socios de la sociedad “SELAMÉ Y COMPAÑÍA” -, acuerdan aumentar el capital social de seis millones cien mil pesos, a la suma de ochenta y nueve millones setecientos ochenta mil ochocientos cuarenta y ocho pesos, lo que se realiza de la siguiente manera: mediante la capitalización de las cuentas por pagar registradas por la sociedad con fecha dos de octubre de dos mil diecinueve a favor de los socios don Juan Pablo Maluk Selamé y doña María Eugenia Maluk Selamé, por un valor de cuarenta y un millones quinientos cincuenta y cinco mil treinta y tres pesos, cada una de ellas, y mediante el aporte de doña MARÍA EUGENIA CARMEN SELAMÉ ZACARÍAS de la suma de quinientos setenta mil setecientos ochenta y dos pesos, al contado y en dinero efectivo que ya ingresó a la caja social. De esta forma los comparecientes dan por íntegramente pagado el aumento de capital acordado, mediante los aportes realizados en la forma ya señalada, y que por este acto efectúan don Juan Pablo Maluk Selamé por la suma de cuarenta y un millones quinientos cincuenta y cinco mil treinta y tres pesos, doña María Eugenia Maluk Selamé por la suma de cuarenta y un millones quinientos cincuenta y cinco mil treinta y tres pesos y doña MARÍA EUGENIA CARMEN SELAMÉ ZACARÍAS por la suma de quinientos setenta mil setecientos ochenta y dos pesos. El capital de la sociedad queda entonces establecido en ochenta y nueve millones setecientos ochenta mil ochocientos cuarenta y ocho pesos”. En lo no rectificado y complementado queda plenamente vigente escritura individualizada. Demás estipulaciones escritura extractada. Viña del Mar, a 21 de septiembre de 2020.-