San José Farms SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de agosto de 2020
- Repertorio
- 10291
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- Vigésimo Primera Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $93.134 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Notario Público, Titular de la Vigésimo Primera Notaría Santiago, Huérfanos N° 578, certifico: Por escritura pública de fecha 31 de agosto de 2020, repertorio N° 10.291, ante mí: Inversiones Torca Limitada, en su calidad de único accionista y, encontrándose presente el total de las acciones emitidas, se acordó: 1. Re-denominar el capital de la Sociedad a dólares de los Estados Unidos de América, de 45.180.270.905 pesos a 57.929.366 dólares, según el valor del dólar observado vigente al 31 de agosto de 2020, el que asciende a 779,92 pesos.- 2. Aumentar el capital social de San José Farms SpA, de 57.929.366 dólares dividido en 131.583.702 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, a la cantidad de 93.134.367 dólares, dividido en 166.788.713 acciones de iguales características.- Se acordó asimismo modificar artículos quinto y primero transitorio de estatutos sociales.- El capital social queda íntegramente suscrito y pagado.- 3. Modificar el objeto de la sociedad, reemplazando el artículo cuarto de los Estatutos sociales vigentes, por el siguiente: “Artículo Cuarto: El objeto de la sociedad será: a) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, valores mobiliarios, derechos en sociedades, activos e instrumentos financieros de la más diversa índole, tales como depósitos, endeudamiento, fondos mutuos, bonos, pagarés, y cualquier otro tipo de valores o efectos de comercio, tanto en el mercado nacional como internacional; b) La explotación de predios agrícolas y la realización de toda clase de negocios agropecuarios, la producción agrícola y frutícola; la manufactura, transformación y comercialización de productos agrícolas en general y la exportación de toda producción sea propia o ajena; c) La instalación, mantención y explotación a cualquier título, por cuenta propia o de terceros, de plantas procesadoras de frutas y productos agrícolas; d) La prestación de asesorías o servicios profesionales gerenciales, de finanzas, administración, contabilidad, recursos humanos, de negocios, de marketing, de gestión, desarrollo, planificación y búsqueda de nuevos negocios, legales y tributarios, y demás servicios profesionales que se requieren por las empresas del mismo grupo empresarial; y, e) El arrendamiento, por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, tales como oficinas, plantas, equipos electrónicos y computacionales, vehículos, maquinarias agrícolas y/o industriales.”.- En todo lo no modificado, se mantienen vigentes los estatutos sociales.- Demás estipulaciones en escritura extractada.