MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

KING DAVID INVERSIONES SpA

RUT 96550780-9 CVE 1822000
Capital
$1.012.230.297 CLP
Fecha instrumento
22 de septiembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de septiembre de 2020
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.012.230.297 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 31 de agosto del 2020, ante mi, se redujo a escritura pública el acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de KING DAVID INVERSIONES SPA, Rut 96.550.780-9, fojas 30.180, número 15.255 del Registro de Comercio de Santiago año 1988, celebrada en la misma fecha, en la cual se acordó la fusión de la sociedad con Intercontinental Inversiones SpA, Rut 99.512.490-4, mediante la absorción de esta por aquella; y la consecuente reforma de estatutos de la primera en las siguientes materias: aumento del capital social de $1.012.230.297, dividido en 1.012.230.297 acciones, a la suma de $1.107.519.517, dividido en 20.244.605.941 acciones, que se pagará y enterará con la incorporación a KING DAVID INVERSIONES SPA de la totalidad de los bienes del activo y pasivo de Intercontinental Inversiones SpA, según balance al 31 de agosto de 2020, con cargo al cual se emitirán 19.232.375.644 acciones que se entregarán a los accionistas de Intercontinental Inversiones SpA a razón de 201,83159904132 acciones por cada acción que figure inscrita a su nombre en el Registro de Accionistas de INTERCONTINENTAL INVERSIONES SpA. En consecuencia, el capital social será de $1.107.519.517, dividido en 20.244.605.941 acciones nominativas, sin valor nominal, integramente suscrito y pagado. King David Inversiones SpA asume todas las obligaciones que por cualquier causa tenga la sociedad Intercontinental Inversiones SpA en favor de terceros y también es su continuadora legal para los efectos del artículo 69 del Código Tributario. Demás cláusulas en escritura extractada. Santiago, 22 de septiembre de 2020.-