MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Industria de Alimentos Limitada

RUT 77395370-8 CVE 1822725
Capital
$100.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de septiembre de 2020

Instrumento

Fecha
17 de septiembre de 2020
Repertorio
3651-2020

Sociedad

Capital
$100.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, notario titular de Santiago, Don Carlos 2889, Las Condes, certifico que por escritura de fecha 17 de septiembre de 2020, repertorio n° 3651-2020, ante mí, INMOBILIARIA E INVERSIONES VCT S.A.; DISTRIBUIDORA KARMAC LIMITADA, ambas representadas por HERMAN WALDEMAR PERLWITZ RIOS, domiciliados Antillanca 591, Pudahuel, Santiago; TRINIDAD PAZ PERLWITZ OTERO, domiciliada Avenida Valle Norte N° 857, of. 101, Huechuraba; y COMERCIAL MARIA JOSÉ JARA WEISSER E.I.R.L., representada por MARIA JOSÉ JARA WEISSER, domiciliados Antillanca 591, Pudahuel, Santiago; modifican la sociedad de responsabilidad limitada, razón social INDUSTRIA DE ALIMENTOS LIMITADA, constituida como importadora y comercializadora Meat Trade Limitada, por escritura pública de fecha 21/12/1999, ante notario de Santiago Gladys Pizarro Pizarro, extracto inscrito a fs. 80 N° 71 Registro Comercio Santiago, año 2000, publicada diario oficial 10/01/2000, la que registra modificaciones anotadas al margen. INMOBILIARIA E INVERSIONES VCT S.A., cede derechos sociales equivalente al 40% a doña TRINIDAD PAZ PERLWITZ OTERO; INMOBILIARIA E INVERSIONES VCT S.A., cede derechos sociales equivalente al otro 40% a COMERCIAL MARIA JOSÉ JARA WEISSER E.I.R.L.; Finalmente, INMOBILIARIA E INVERSIONES VCT S.A., cede derechos sociales equivalente al restante 20% a DISTRIBUIDORA KARMAC LIMITADA. Quedan como actuales socios DISTRIBUIDORA KARMAC LIMITADA, con 20% derechos sociales; COMERCIAL MARIA JOSÉ JARA WEISSER E.I.R.L., con 40% derechos sociales; y TRINIDAD PAZ PERLWITZ OTERO, con 40% derechos sociales. Los actuales socios modifican el estatuto social cláusula CUARTA sobre la administración, la que corresponderá a Herman Waldemar Perlwitz Ríos, individualmente, e indistintamente, corresponderá a María José Jara Weisser y a Trinidad Paz Perlwitz Otero, de consuno o conjuntamente, y podrán ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos señaladas en la escritura modificatoria. Además, modifican la cláusula QUINTA del capital, el que queda así: capital: $100.000.000.- que los socios aportan: DISTRIBUIDORA KARMAC LIMITADA, aporta $20.000.000, equivale 20% de derechos; COMERCIAL MARIA JOSÉ JARA WEISSER E.I.R.L., aporta $40.000.000, equivale 40% de derechos; y TRINIDAD PAZ PERLWITZ OTERO, aporta $40.000.000, equivale 40% de derechos. Modifican cláusula NOVENA sobre duración, la que tendrá una duración de cinco años, renovable tácita y sucesivamente. Lo no modificado en la presente escritura, continúan vigentes las cláusulas del pacto social original y sus modificaciones posteriores. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 21 de septiembre de 2020.