Instrumento
- Fecha
- 16 de septiembre de 2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a Felipe Fernández Cox, quien anteponiendo su nombre y firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, en especial pero no limitadamente con aquellas que se indican en el artículo décimo de los estatutos. En caso de ausencia, fallecimiento o impedimento de cualquier naturaleza que afectare a Felipe Fernández Cox, circunstancia que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración y uso de la razón social corresponderá a Martín Fernández Gamboa, a Clemente Fernández Gamboa y a Felipe Fernández Gamboa, quienes, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, podrán representar a la sociedad con las mismas facultades que Felipe Fernández Cox
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martín Urrejola, abogado, Notario Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 16 de septiembre de 2020, ante mí, Felipe Fernández Cox, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: (i) Razón Social: “FFC SpA”. (ii) Objeto: La sociedad tendrá por objeto: i) La inversión, tenencia, explotación a cualquier título de toda clase de bienes raíces, sea por cuenta propia o de terceros; ii) La inversión en toda clase de bienes, corporales o incorporales, tales como derechos en sociedades, acciones, bonos debentures, títulos de crédito, y la obtención de las rentas correspondientes; iii) El desarrollo de todo tipo de proyectos inmobiliarios, la subdivisión de bienes raíces, la formación de lotes, urbanización, la remodelación de edificios, la inversión en toda clase de bienes raíces, su explotación por cuenta propia o de terceros, su enajenación u otras formas de cesión de derechos sobre los mismos y demás negocios inmobiliarios; iii) La construcción en todas sus formas, por cuenta propia o ajena; v) La prestación de toda clase de servicios multidisciplinarios de construcción y servicios relacionados; vi) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de construcción, por cuenta propia o ajena, así como la realización de trabajos de urbanización y edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, estacionamientos, bodegas, entre otros; y iv) Cualquier otro negocio, acto o contrato que se acuerde y que se relacione directa o indirectamente con el objeto social. (iii) Capital: El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000, dividido en 5.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas por Felipe Fernández Cox y que deberán ser pagadas en el plazo de 5 años contados desde la fecha de la escritura pública, en la medida que las necesidades sociales lo requieran. (iv) Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a Felipe Fernández Cox, quien anteponiendo su nombre y firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, en especial pero no limitadamente con aquellas que se indican en el artículo décimo de los estatutos. En caso de ausencia, fallecimiento o impedimento de cualquier naturaleza que afectare a Felipe Fernández Cox, circunstancia que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración y uso de la razón social corresponderá a Martín Fernández Gamboa, a Clemente Fernández Gamboa y a Felipe Fernández Gamboa, quienes, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, podrán representar a la sociedad con las mismas facultades que Felipe Fernández Cox. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de septiembre de 2020.