Entretenciones Bahamonde y Olivares Limitada
Instrumento
- Fecha
- 26 de agosto de 2020
- Notario
- Maria Soledad Lascar Merino
- Oficio
- 38° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaria Soledad Lascar Merino, Notario Publico Titular de la 38° Notaria de Santiago, Miraflores 178 piso 5, certifica. Por escritura de fecha 26 de agosto de 2020, ante mí, Camila Rocio Bahamonde Migueles , El Maitén, parcela N° 23, San Fernando y Denisse Oriella Olivares Canelo Alberdi N° 1206, casa 7, condominio Caburga, N° 1206, casa N° 7, Condominio Caburga, Quillota, ambos mayores de edad, modifican escritura de constitución sociedad responsabilidad limitada “Entretenciones Bahamonde y Olivares Limitada”, nombre de fantasía, incluso ante bancos el de “Funplanet Ltda” Rut N° 77213808-3, Capital: $10.000.000, suscrita 04/07/2019, ante notario público comuna Las Condes, Región Metropolitana, Gonzalo Hurtado Morales, inscrita fs. 138 número 100 Registro Comercio 2019 Conservador Bienes Raíces de Quillota. Modifican Clausula Segunda, pacto social, en cuanto amplían objeto social, que será los siguientes Cinco) La importación, exportación, arriendo, compra, venta, de todo tipo de Bienes y Servicios, ya sea comercialización electrónica vía internet o a distancia vía correo, distribución, representación de productos y/o útiles de aseo y sanitarios, sanitización, fumigación e higienización; Seis) Ejercicio de actividad comercial en establecimiento de comida rápida, bar, fuente de soda, gelatería, pizzería, restobar, pub y similares, así como también cafeterías, teterías, entre otras, La distribución y venta de artículos de repostería, bebidas de fantasía y toda clase de alimentos, sea por cuenta propia o ajena y/o venta y comercialización de dichos productos vía electrónica, vía internet o a distancia vía correo. Siete) Servicios de otros establecimientos que expenden comidas o bebidas, servicios de banquetería, bodas, eventos y todo tipo de celebraciones, así como también gestionar su producción, desarrollado en forma propia o ajena; Ocho) La venta de comida preparada con entrega a domicilio -servicio de delivery- por cuenta propia o por terceros; Nueve) Venta de productos deportivos, perfumería y cosmética, adornos personales, aseo, seguridad, juguetería, papeles y tintas, menaje, prendas de vestir, decoración, comunicaciones, Diez) La compra, venta, importación, exportación, comercialización o distribución, por sí o por terceros, de toda clase de souvenirs, regalos y, en general, cualquier accesorio que permita el desarrollo de los objetos enumerados; Once) La promoción, difusión, gestión y realización de actividades que promueven, desarrollan y/o estimulan la cultura y la educación, sea de manera didáctica, lúdica o recreativa, así como otras actividades que promuevan la creatividad y el arte; Doce) Dar y tomar representaciones, subrepresentaciones, concesiones, licencias, sublicencias, comisiones y consignaciones; Trece) La comercialización de todo tipo de productos farmacéuticos, insumos médicos, medicamentos, productos naturales, artículos de perfumería, productos . veterinarios, y equipos relacionados con la medicina, tratamiento, rehabilitación y en general con la salud, en sus más amplios aspecto. Catorce) La compra y venta, la comercialización y distribución de maquinarias y equipos para panaderías y panificación; sea por cuenta propia o ajena, sea como distribuidor mayorista o al menudeo. La importación y exportación de productos comestibles; de maquinarias, equipos e insumos de panificación; así como de harinas, levaduras, grasas comestibles, aceites, sal, etc. Asimismo modifican clausula cuarta pacto social, ya señalado, referente a que la administración y uso de la razón social y/o su nombre de fantasía, la administración y representación comercial, judicial, y extrajudicial corresponderá a Camila Rocío Bahamonde Migueles y a Denisse Oriella Olivares Canelo, quienes podrán actuar conjunta o separadamente. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago a 10 de septiembre de 2020.