Instrumento
- Fecha
- 21 de septiembre de 2020
- Repertorio
- 18028
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- La sociedad tendrá como domicilio ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad es: A) Prestar asesorías de administración en condominios, la administración inmobiliaria, de edificios, villas, complejos industriales, centros de comercio, bodegas, y todo tipo de inmuebles, tanto públicos como privdados. B) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización; la realización de inversiones inmobiliarias, a cuyo efecto podrá adquirir y enajenar a cualquier título toda clase de bienes inmuebles, urbanos, rústicos, la realización de inversiones en inmuebles, de cualquier naturaleza, derechos cuotas en ellos, pisos, oficinas, departamentos, estacionamientos, la explotación de los mismos, el arrendamiento de ellos, la construcción de toda clases de obras y edificios en predios propios o ajenos por cuanto propia o ajena, la comercialización, arriendo o explotación hotelera ,turística, o con cualquiera otra finalidad de los bienes inmuebles que adquiera en propiedad, posesión o mera tenencia; la compra, venta, arrendamiento, subarrendamientos y leasing de todo tipo de bienes inmuebles; la participación en sociedades de cualquier tipo, sociedades de responsabilidad limitada, colectivas, sociedades anónimas, por acciones, en comandita, o cualquier otra, cualquiera sea su objeto; C) Ejecutar por cuenta propia o ajena negocios de loteamiento, urbanización y construcción inmobiliaria, la compra de terrenos con el ánimo de venderlos a terceros en un solo cuerpo o en lotes urbanizados o no; D) Corretaje de propiedades; E) La prestación de servicios de cuidado corporal, gimnasia, mantenimiento y embellecimiento corporal, por cualquier sistema, para lo cual podrá explotar establecimientos de tratamientos, de baños sauna, Centros de Gimnasia y)o Estética, peluquerías o similares; comprar, vender, importar o producir artículos de belleza; y realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. F) La constitución o participación en sociedades que tengan objetos análogos a los indicados. G) En general todos los negocios relacionados con el objeto y demás actividades que los socios acordaren en el futuro
Administración
Corresponderá a Carolina Patricia Pérez Gaggini
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso dos, Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de septiembre de 2020, Repertorio N° 18028, ante mí, Doña Carolina Patricia Pérez Gaggini, chilena, casada, ingeniera comercial, cédula de identidad número ocho millones ochocientos sesenta y seis mil quinientos cuarenta y nueve guión k, domiciliada en Las Hualtatas interior número cinco mil cuatrocientos quince, departamento veintitres, Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y doña Sandra Nelly Pérez Gaggini, chilena, casada en sociedad conyugal, contador auditor, cédula de identidad número ocho millones ochocientos sesenta y seis mil quinientos cincuenta y tres, con domicilio en El Portal número cuatro mil trescientos noventa, comuna de Peñalolen, Región Metropolitana, constituyen Sociedad por aciones. Nombre: El nombre de la sociedad será “C&S SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad es: A) Prestar asesorías de administración en condominios, la administración inmobiliaria, de edificios, villas, complejos industriales, centros de comercio, bodegas, y todo tipo de inmuebles, tanto públicos como privdados. B) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización; la realización de inversiones inmobiliarias, a cuyo efecto podrá adquirir y enajenar a cualquier título toda clase de bienes inmuebles, urbanos, rústicos, la realización de inversiones en inmuebles, de cualquier naturaleza, derechos cuotas en ellos, pisos, oficinas, departamentos, estacionamientos, la explotación de los mismos, el arrendamiento de ellos, la construcción de toda clases de obras y edificios en predios propios o ajenos por cuanto propia o ajena, la comercialización, arriendo o explotación hotelera ,turística, o con cualquiera otra finalidad de los bienes inmuebles que adquiera en propiedad, posesión o mera tenencia; la compra, venta, arrendamiento, subarrendamientos y leasing de todo tipo de bienes inmuebles; la participación en sociedades de cualquier tipo, sociedades de responsabilidad limitada, colectivas, sociedades anónimas, por acciones, en comandita, o cualquier otra, cualquiera sea su objeto; C) Ejecutar por cuenta propia o ajena negocios de loteamiento, urbanización y construcción inmobiliaria, la compra de terrenos con el ánimo de venderlos a terceros en un solo cuerpo o en lotes urbanizados o no; D) Corretaje de propiedades; E) La prestación de servicios de cuidado corporal, gimnasia, mantenimiento y embellecimiento corporal, por cualquier sistema, para lo cual podrá explotar establecimientos de tratamientos, de baños sauna, Centros de Gimnasia y/o Estética, peluquerías o similares; comprar, vender, importar o producir artículos de belleza; y realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. F) La constitución o participación en sociedades que tengan objetos análogos a los indicados. G) En general todos los negocios relacionados con el objeto y demás actividades que los socios acordaren en el futuro.-. Capital: $1.000.000, dividido en mil acciones nominativas, de única serie, todas de igual valor y derecho a voto, sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: doña Carolina Patricia Pérez Gaggini paga en dinero efectivo $500.000, equivalentes a 500 acciones, dinero que ingresa a la caja social; doña Sandra Nelly Pérez Gaggini, paga en dinero $500.000, equivalentes a 500 acciones, dinero que ingresa a la caja social. Duración: Indefinida. Administración: Corresponderá a Carolina Patricia Pérez Gaggini. Domicilio: La sociedad tendrá como domicilio ciudad de Santiago. Se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura o de su extracto, para que requiera las anotaciones, inscripciones, subinscripciones y publicaciones que sean de rigor para la legalización de este contrato. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de Septiembre de 2020.