ASESORÍAS E INVERSIONES FUENZALIDA Y MONTECINOS S.A.
Instrumento
- Fecha
- 8 de septiembre de 2020
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8va Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.666.666 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8va Notaría de Santiago, domiciliado en Huérfanos N° 941, oficina 302, Santiago, certifica: que por junta extraordinaria de accionistas, a la cual comparece el 100% de las acciones de la Sociedad y el Notario Titular don Luis Ignacio Manquehual Mery, de fecha 12 de mayo de 2020, reducida a escritura pública ante mí, con fecha 8 de septiembre de 2020, los accionistas de la sociedad anónima “ASESORÍAS E INVERSIONES FUENZALIDA Y MONTECINOS S.A.”, Rodolfo Daniel Fuenzalida Sanhueza, Macarena Constanza Montecinos Garay y Andrea Verónica Montecinos Garay, quienes modificaron la sociedad anónima “ASESORÍAS E INVERSIONES FUENZALIDA Y MONTECINOS S.A.”. Modificación: Rodolfo Daniel Fuenzalida Sanhueza, Macarena Constanza Montecinos Garay y Andrea Verónica Montecinos Garay, siendo titulares del 100% de las acciones, aprobaron un aumento de capital de la Sociedad, mediante la emisión de 1.666 acciones de pago, de igual valor cada una y sin valor nominal, de características y serie iguales a las ya existentes, representativas de la suma total a la que asciende el aumento de capital, por un valor de $1.666.666. En virtud de lo anterior, se aprobó una modificación del pacto social, reemplazándose el artículo quinto por el siguiente nuevo texto: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de dos millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis pesos dividido en dos mil seiscientas sesenta y seis acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal. El capital de la Sociedad se encuentra suscrito y pagado de acuerdo a lo establecido en el artículo primero transitorio de los Estatutos Sociales.”. Asimismo, se aprobó también una modificación del artículo primero transitorio, el cual es reemplazado por el siguiente nuevo texto: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es la suma de dos millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis pesos, dividido en dos mil seiscientas sesenta y seis acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, el que se ha suscrito y pagado como sigue: a) doña Macarena Constanza Montecinos Garay, suscribe doscientas sesenta y siete acciones por un valor total de doscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y siete pesos; cien de ellas, equivalentes a la suma de cien mil pesos fueron pagadas con anterioridad a esta fecha, y las restantes ciento sesenta y siete acciones, equivalentes a la suma de ciento sesenta y seis mil seiscientos sesenta y siete pesos, se pagarán en el plazo máximo de doce meses contados desde la fecha en que la presente Acta sea reducida a escritura pública; b) doña Andrea Verónica Montecinos Garay, suscribe mil quinientas noventa y nueve acciones por un valor total de un millón quinientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve pesos; cien de ellas, equivalentes a la suma de cien mil pesos, fueron pagadas con anterioridad a esta fecha, y las restantes mil cuatrocientas noventa y nueve acciones, equivalentes a la suma de un millón cuatrocientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve pesos, se pagarán el plazo máximo de doce meses contados desde la fecha en que la presente Acta sea reducida a escritura pública; y, c) don Rodolfo Daniel Fuenzalida Sanhueza, suscribe ochocientas acciones por un valor total de ochocientos mil pesos, pagados íntegramente con anterioridad a esta fecha.”. Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Titular, Santiago, 22 de septiembre de 2020.