TRANSPORTES RUTA DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de septiembre de 2020
- Repertorio
- 5023/2020
- Notario
- Jorge Reyes Bessone
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Chile Chico, Región de Aysén, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero, así como de los domicilios especiales que pueda fijar en actos o contratos determinados
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación por cuenta propia o ajena de servicios de transporte de personas, mercaderías, carga, correspondencia, otros, y servicios integrales complementarios al transporte y distribución de bienes, y otras actividades que los socios acuerden para el desarrollo del objeto y que digan relación con él
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Reyes Bessone, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número 4.886, Comuna de San Miguel, certifico que, por escritura pública otorgada con fecha 7 de septiembre de 2020, ante mí, Repertorio N° 5023/2020 doña LISETTE ISABEL RODRÍGUEZ ESCALONA, chilena, divorciada, empresaria, y de paso por esta, domiciliado para estos efectos en Camino aeródromo lote dos, chacra veinte A dos, ciudad de Chile Chico, Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, constituyó sociedad por acciones con el nombre de “TRANSPORTES RUTA DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO SpA”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Chile Chico, Región de Aysén, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero, así como de los domicilios especiales que pueda fijar en actos o contratos determinados. Duración: La duración de la Sociedad es indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación por cuenta propia o ajena de servicios de transporte de personas, mercaderías, carga, correspondencia, otros, y servicios integrales complementarios al transporte y distribución de bienes, y otras actividades que los socios acuerden para el desarrollo del objeto y que digan relación con él. Capital: Uno. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $100.000 pesos, dividido en 100 acciones de única serie, ordinarias, nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor, sin perjuicio de las modificaciones del capital y del valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad a las disposiciones del presente estatuto social y en forma supletoria de acuerdo a las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas. El capital se suscribe y paga por los accionistas en la forma que se expresa en el artículo transitorio de estos estatutos. Dos. Las acciones de la Sociedad podrán ser pagadas en dinero efectivo, trabajo o con otros bienes debidamente valorizados por el ciento por ciento de las acciones. Santiago, 7 de septiembre de 2020.