Instrumento
- Fecha
- 18 de agosto de 2020
- Notario
- Gustavo Eduardo Jeanneret Martínez
- Oficio
- Primera Notaría de Quintero
- Comuna
- Quintero
Sociedad
- N. fantasía
- “DOSB Ltda.”. Administración y uso de
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Puchuncaví en la Región de Valparaíso
- Duración
- Indefinida
Objeto social
preparación, elaboración, venta y comercialización de: a) bebidas malteadas y de maltas; b) elaboración, preparación, conservación y venta de bebidas no alcohólicas; c) elaboración, preparación, conservación y venta al por mayor de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, d) venta al por menor de otros en comercios especializados y no clasificados previamente, y e) compra y venta al por mayor y menor de cualquier otro producto que los socios acuerden y que digan relación con lo anterior
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGustavo Eduardo Jeanneret Martínez, notario público titular de la Primera Notaría de Quintero, con oficio en avenida Normandie 2041, Quintero, certifico: por escritura de fecha 18 de agosto de 2020, de repertorio número 1030, ante mí, don Raimundo Mario Alfonso Barra Ávila, domiciliado en Calle Silvia Herrera número trescientos, comuna de Puchuncaví, Región de Valparaíso, y don Felipe Ignacio Barra Olivares, domiciliado en Calle Silvia Herrera número mil doscientos setenta y nueve, casa número sesenta y ocho, comuna de Puchuncaví, Región de Valparaíso, únicos socios, constituyen la sociedad de responsabilidad limitada del siguiente tenor: Razón social: “DOS BARRA LIMITADA”. Nombre de fantasía: “DOSB Ltda.”. Administración y uso de razón social: corresponderá por partes iguales e indistintamente al socio Raimundo Mario Alfonso Barra Ávila o Felipe Ignacio Barra Olivares, con facultades indicadas en escritura. Objeto: preparación, elaboración, venta y comercialización de: a) bebidas malteadas y de maltas; b) elaboración, preparación, conservación y venta de bebidas no alcohólicas; c) elaboración, preparación, conservación y venta al por mayor de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, d) venta al por menor de otros en comercios especializados y no clasificados previamente, y e) compra y venta al por mayor y menor de cualquier otro producto que los socios acuerden y que digan relación con lo anterior. Capital: $1.000.000.-, aportado y pagado de la siguiente forma: a) Raimundo Mario Alfonso Barra Ávila, entera la suma de quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del capital social, pagados al contado en dinero efectivo; b) Felipe Ignacio Barra Olivares, entera la suma de quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del capital social, pagados al contado en dinero efectivo. Duración: la sociedad comenzará sus operaciones con esta fecha y tendrá duración indefinida. Domicilio: Puchuncaví en la Región de Valparaíso, sin perjuicio de sucursales en el país o extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Quintero, a 23 de septiembre de 2020.