SOCIEDAD DE INVERSIONES LARRAÍN BARAHONA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de agosto de 2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.161.969 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 26 de agosto de 2020, ante mí, Diego José Larraín Correa, en su calidad de Empresario Individual, y Catalina Barahona Tagle, ambos domiciliados en Marchant Pereira número 201, piso 3, comuna de Providencia, Santiago, modificaron sociedad denominada “SOCIEDAD DE INVERSIONES LARRAÍN BARAHONA LIMITADA”, inscrita a fojas 40.909, número 28.325, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2010. Modificaciones consisten en: 1) Aumentar el capital social, actualmente ascendente a la suma de $1.000.000.- en la suma de $161.969.-, con lo cual el capital de la sociedad quedará fijado en la suma de $1.161.969.-. Aumento íntegramente suscrito y pagado por Diego José Larraín Correa, en su calidad de Empresario Individual, en la forma indicada en la escritura extractada. 2) Con motivo de la modificación indicada, se reemplaza el Artículo Séptimo de los Estatutos Sociales relativo al capital social por el siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad es la suma de $1.161.969.-, que los socios han aportado y enterado de la siguiente forma: Uno) Don Diego José Larraín Correa, en su calidad de Empresario Individual, aporta la suma de $1.061.969.-, equivalentes al 91,39% del capital y derechos sociales, los que ha enterado y pagado de la siguiente forma: a) Con la suma de $900.000.- pagados con anterioridad a esta fecha; y, b) Con la suma de $161.969.- pagados con esta fecha mediante el aporte en propiedad de derechos sociales; y, Dos) Doña Catalina Barahona Tagle, aporta la suma de $100.000.-, equivalentes al 8,61% del capital y derechos sociales, los que ha enterado y pagado con anterioridad a esta fecha. Los socios dejan constancia que los porcentajes indicados, son meramente referenciales, ya que el porcentaje real de participación está constituido por el monto del aporte que cada uno de ellos ha efectuado al capital de la sociedad.”. 3) Modificar el régimen de administración de la Sociedad, y en consecuencia, reemplazar el Artículo Noveno de los Estatutos Sociales por el siguiente: “ARTÍCULO NOVENO: La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Diego José Larraín Correa, quien anteponiendo su firma a la razón social, contará con todas las facultades que se señalan en el artículo décimo siguiente. En caso de fallecimiento de don Diego José Larraín Correa, lo que se deberá acreditar ante terceros mediante la anotación del certificado de defunción respectivo al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, la administración y el uso de la razón social corresponderá a doña Catalina Barahona Tagle, quien anteponiendo su firma a la razón social, contará con las facultades que se señalan en el artículo décimo siguiente.”. Estatutos se mantienen íntegramente vigentes en lo no modificado. Responsabilidad de los socios limitada hasta el monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 07 de septiembre de 2020.