INVERSIONES CELLE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de agosto de 2020
- Notario
- LORENA ELISA QUINTANILLA LEÓN
- Oficio
- Tercera Notaría de San Miguel
- Comuna
- San
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLORENA ELISA QUINTANILLA LEÓN, Notario Público Titular Tercera Notaría de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera 2836-A, San Miguel, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 6 de agosto de 2020, ante mí: FRANK JAEGER NEUMANN, alemán, viudo, rentista, C.I. extranjero N°2.978.371-3, GERARDO FRANCISCO JAEGER CASAMITJANA, chileno, divorciado, ingeniero comercial, C.I.N°8.590.403-5, MARÍA ALEJANDRA JAEGER CASAMITJANA, chilena, divorciada, diseñadora, C.I.N°8.590.356-K y MARÍA LUISA JAEGER CASAMITJANA, chilena, divorciada, diseñadora, C.I.N°8.590.357-8, todos domiciliados estos efectos en Echeñique N°8.251 casa A, comuna de La Reina, Santiago y de paso en ésta, celebraron contrato de cesión de derechos y modificaron sociedad “INVERSIONES CELLE LIMITADA”, constituida por escritura pública de 21 de noviembre del año 1991 en Notaría de Valparaíso de don Luis Fischer Yavar, extracto inscrito a fojas 712 vuelta número 691 en Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año 1991, publicado en Diario Oficial de 14 de diciembre de 1991. Posteriormente, la sociedad sufrió modificaciones, siendo la última de ellas la otorgada por escritura pública de fecha 3 de junio de 2014 en la Notaría de Valparaíso de don Luis Enrique Fischer Yavar, cuyo extracto fue inscrito a fojas 681 número 595 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso y a fojas 90 vuelta número 78 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Limache, ambas del año 2014 y publicado en el Diario Oficial de fecha 20 de junio de 2014. Producto del fallecimiento de la socia María Luisa Casamitjana Arata, actualmente sus únicos socios son: Frank Jaeger Neumann, con 76% de los derechos sociales, Gerardo Francisco Jaeger Casamitjana, con 8% de los derechos sociales, María Alejandra Jaeger Casamitjana, con 8% de los derechos sociales y María Luisa Jaeger Casamitjana, con 8% de los derechos sociales. Por el presente acto, socio Frank Jaeger Neumann, vende, cede y transfiere: i) a Gerardo Francisco Jaeger Casamitjana, quien compra, acepta y adquiere para sí, un 5,20% del total de los derechos sociales de la sociedad de que es titular. Precio cesión: $520.000 que se paga en este acto en dinero efectivo; ii) a María Alejandra Jaeger Casamitjana, quien compra, acepta y adquiere para sí, un 4% del total de los derechos sociales de la sociedad de que es titular. Precio cesión: $400.000, que se paga en este acto en dinero efectivo; y, iii) a María Luisa Jaeger Casamitjana, quien compra, acepta y adquiere para sí, un 4% del total de los derechos sociales de la sociedad de que es titular. Precio cesión: $400.000, que se paga en este acto en dinero efectivo. En consecuencia, quedan como únicos y actuales socios: Frank Jaeger Neumann, titular del 62,80% de los derechos sociales, Gerardo Francisco Jaeger Casamitjana, titular del 13,20% de los derechos sociales, María Alejandra Jaeger Casamitjana, titular del 12% de los derechos sociales; y, María Luisa Jaeger Casamitjana, titular del 12% de los derechos sociales. Asimismo, comparecientes acuerdan modificar el pacto social en su CLÁUSULA SEGUNDA de la escritura de constitución, en el sentido de señalar que el uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad “Inversiones Celle Limitada” corresponderá a los socios FRANK JAEGER NEUMANN y MARÍA ALEJANDRA JAEGER CASAMITJANA, quienes las ejercerán de consuno. Sin embargo, en caso de incapacidad física por accidente o enfermedad, de incapacidad legal sobreviniente o de ausencia del país del administrador señor FRANK JAEGER NEUMANN, y sin que sea necesario probarlo ante terceros, el otro administrador doña MARÍA ALEJANDRA JAEGER CASAMITJANA actuará, mientras ello dure, conjuntamente con doña MARÍA LUISA JAEGER CASAMITJANA. Si cualquiera de esos presupuestos se dan respecto del otro administrador doña MARÍA ALEJANDRA JAEGER CASAMITJANA, en análoga forma, el señor FRANK JAEGER NEUMANN actuará conjuntamente con doña MARÍA LUISA JAEGER CASAMITJANA. Si algunos de los nombrados precedentemente estuviesen impedidos de ejercer las facultades de Administración, las ejercerá uno cualquiera de ellos, que mantenga las facultades de administración en conjunto con don GERARDO FRANCISCO JAEGER CASAMITJANA. Sin embargo, los administradores deberán actuar conjuntamente con todos los socios para adquirir, enajenar dar en arrendamiento bienes raíces, negocios y establecimientos de comercio e industriales; dar y tomar bienes en hipoteca, posponer, alzar y cancelar hipotecas, incluso con cláusula de garantía general; gravar, dar y recibir en prenda bienes muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sea en prenda civil o comercial de cualquier tipo o mediante prendas especiales y cancelarlas. Las hipotecas y prendas pueden caucionar obligaciones propias o de terceros a la sociedad, aun de sus propios socios; constituir, aceptar, cancelar o transmitir derechos reales; constituir a la sociedad en fiadora y codeudora solidaria; otorgar y aceptar fianzas simples y solidarias y también se requerirá la autorización de todos los socios para materializar cualquier tipo de operación comercial que supere la suma de quinientas unidades de Fomento. En cualquiera de estos casos, tendrán, las personas señaladas, actuando conjuntamente, todas las atribuciones que se otorgan en la escritura de constitución. Demás estipulaciones en escritura pública extractada. San Miguel, 22 de septiembre de 2020.