COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA VÍVARO SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de septiembre de 2020
- Notario
- MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Domicilio
- con Oficio en Orrego Luco N° 0153
- Comuna
- Santiago de don Francisco
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular, con Oficio en Orrego Luco N° 0153, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 14 de septiembre de 2020, ante mí, don ROBERTO ZÚÑIGA RODRÍGUEZ, redujo el Acta de Junta de Accionistas de “COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA VÍVARO SpA”, con domicilio en Vicuña Mackenna número 532, oficina número 11, comuna de Providencia, Región Metropolitana, sociedad inscrita a fojas 21.715, N° 12.994 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2015, celebrada el día 9 de septiembre de 2020, en la cual se acordó corregir y sanear conforme al procedimiento establecido en el artículo 3º de la Ley 19.499, el vicio formal que se produjo en el “Nombre” de la escritura pública de “Constitución de Sociedad por Acciones” celebrada mediante escritura pública de fecha 16 de marzo de 2015, otorgada en la 2° Notaría de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal, ubicada en Agustinas N°1173, comuna de Santiago, en los términos que a continuación se indican: En lo relativo al nombre de la “sociedad”, donde dice la escritura pública: “ARTICULO PRIMERO: El nombre será “COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA VÍVARO S.p.A.”, que se regirá por las disposiciones que se contienen en los presentes estatutos.”, debe decir, “ARTICULO PRIMERO: El nombre de la Sociedad es “COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA VÍVARO SpA”, que se regirá por las disposiciones que se contienen en los presentes estatutos.”. Escritura extractada se otorga con el objeto de sanear el vicio formal en la escritura pública de constitución a la mención del nombre de la sociedad, mediante el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 3º de la Ley 19.499. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de septiembre de 2020.