COMERCIAL ALAMBIQUE & CREPERIE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de septiembre de 2020
- Notario
- IGNACIO ESTEBAN DIAZ RETAMAL
- Oficio
- Notaría de Lo Barnechea en ausencia de doña MARÍA VIVIANA FIGUEROA JIMENEZ
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIGNACIO ESTEBAN DIAZ RETAMAL, Abogado, Notario Público Interino de la Notaría de Lo Barnechea en ausencia de doña MARÍA VIVIANA FIGUEROA JIMENEZ, con oficio Av. La Dehesa 1450, Local 15 A 2, Lo Barnechea, Santiago, certifico: por escritura hoy ante mi, DORIN INGE MIRYAM VOBORIL HAMMERSLEY, profesora; FRANCISCO JAVIER TURRILLAS VIZUETA, factor de comercio; MAGDALENA ESTEFANIA TURRILLAS VOBORIL, ingeniero comercial; SEBASTIAN JAVIER TURRILLAS VOBORIL, Ingeniero Civil Industrial y JAIME ANDRES SOLAR OYHARCABAL, periodista, todos domiciliados Camino Público a Valle Nevado 1306, Lo Barnechea, modifican sociedad “COMERCIAL ALAMBIQUE & CREPERIE LIMITADA”, RUT 76.091.175-5. Modificaciones consisten: SEBASTIAN JAVIER TURRILLAS VOBORIL vende total derechos que le corresponden en “Comercial Alambique & Creperie Limitada”, ascendentes al 10% del haber social a MAGDALENA ESTEFANIA TURRILLAS VOBORIL, quien los compra para sí. Precio $500.000.- pagados. Con consentimiento socios, se retira de la sociedad.- Consecuencia cesión derechos sociales quedan como únicos socios, DORIN INGE MIRYAM VOBORIL HAMMERSLEY; FRANCISCO JAVIER TURRILLAS VIZUETA; MAGDALENA ESTEFANIA TURRILLAS VOBORIL; y JAIME ANDRES SOLAR OYHARCABAL, quienes introducen siguientes modificaciones: A. cláusula quinta: “QUINTO: Capital: $5.000.000 que socios aportaron y pagaron y aportan y pagan en dinero modo siguiente: A) Dorin Inge Miryam Voboril Hammersley: $1.500.000, pagados: 30% haber social; B) Francisco Javier Turrillas Vizueta: $1.500.000, pagados: 30% haber social; C) Magdalena Estefanía Turrillas Voboril: $1.500.000, pagados: 30% haber social; y D) Jaime Andrés Solar Oyharcabal: $500.000, pagados: 10% haber social.- B.- Se reemplaza cláusula Séptima, por siguiente: “SEPTIMO: Las utilidades o eventuales pérdidas se distribuirán: A) Dorin Inge Miryam Voboril Hammersley, 30%; B) Francisco Javier Turrillas Vizueta, 30%; C) Socia Magdalena Estefanía Turrillas Voboril, 30%; y D) Jaime Andrés Solar Oyharcabal, 10%.- En todo lo no modificado rigen estipulaciones pacto original y modificaciones. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 03 de septiembre de 2020.