MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TERMAS Y SPA PUCON LIMITADA

RUT 76777369-2 CVE 1819473
Fecha instrumento
15 de septiembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de septiembre de 2020
Notario
CLOVIS TORO CAMPOS
Oficio
Décima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLOVIS TORO CAMPOS, Abogado, NOTARIO PUBLICO, Titular de la Décima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Compañía número mil trescientos doce, certifico: Escritura publica hoy, ante mí, JUAN MANUEL ALCOHOLADO RODRIGUEZ, por si y en representación, de don CAMILO ALCOHOLADO SEPÚLVEDA, ambos domiciliados en calle Pajaritos Número tres mil ciento noventa y cinco, Oficina mil quinientos seis, Comuna de Maipú, Santiago, y doña MARIA FLORENCIA ALCOHOLADO DE LA FUENTE, domiciliada en Parcela ochenta y ocho - B de Santa Ana de Chena, Santiago; modifican sociedad, denominada TERMAS Y SPA PUCON LIMITADA, constituida escritura pública de fecha CINCO de Junio de dos mil diecisiete, ante el Notario de Santiago don Clovis Toro Campos. Dicha sociedad se inscribió a fojas cuarenta y cinco mil quinientos veintiuno, con el Número veinticuatro mil setecientos noventa y tres, en el Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año dos mil diecisiete. Modificaciones consisten: JUAN MANUEL ALCOHOLADO RODRIGUEZ, cede y transfiere todos los derechos y la parte del interés que poseía en la sociedad el socio señor CAMILO ALCOHOLADO SEPÚLVEDA, debidamente mandatado para ello, a doña FLORENCIA ALCOHOLADO DE LA FUENTE, quien los compra, acepta y adquiera para si. El precio de esta cesión es la suma de quinientos mil pesos.- Como consecuencia de la cesión se retira de la sociedad don CAMILO ALCOHOLADO SEPULVEDA, y quedan desde este momento, como únicos socios de la compañía don JUAN MANUEL ALCOHOLADO RODRIGUEZ, con el cincuenta por ciento de los derechos sociales y doña María Florencia Alcoholado De la Fuente, con el cincuenta por ciento de los derechos sociales, en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados, en su caso; quienes acuerdan modificar la sociedad referida en las condiciones siguientes: Uno) Modifican la cláusula relativa a la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad, la que corresponderá a contar esta fecha al socio JUAN MANUEL ALCOHOLADO RODRIGUEZ, detentando todas y cada una de las facultades expresadas en la cláusula quinta del pacto social original. Lo anterior es sin perjuicio de las delegaciones de dicho poder que pueda hacer en el Gerente u otras personas que determine; y DOS) Modifican además la cláusula del objeto social, en el sentido de ampliar a todas las actividades del giro de recreación y esparcimiento. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 15 septiembre 2020.-