CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES VVYB LIMITADA

CVE 1819467
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de agosto de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de agosto de 2020
Repertorio
10031
Notario
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
SHOMER LTDA
Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
5 años contados desde 25 agosto 2020 y se entenderá prorrogada automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante una escritura pública de la cual se tomará nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con no menos de 60 días de anticipación al vencimiento del período inicial o de la respectiva prórroga

Objeto social

Realizar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, sea en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas de ellos, tomar interés o participar como socio o comunero en empresas o sociedades de cualquier naturaleza. Además, el objeto de la sociedad contemplara la prestación de servicios de asesoría en general, ya sea en el plano financiero, comercial, computacional, previsional, laboral, seguridad y tributario; la prestación de asesorías o servicios, sean éstos financieros, previsionales, tributarios, comerciales o administrativos. En el cumplimiento del objeto social podrá ejecutar o celebrar todo tipo de actos jurídicos, sean de administración o disposición y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos conducentes a los fines indicados y los demás negocios que acordaren los socios, tanto en Chile como en el extranjero

Administración

Corresponderá a JOSÉ IVAN VEGA BOLLMANN, a MARTÍN IGNACIO VEGA BOLLMANN, y a ERICA VALENTINA BOLLMANN MUÑOZ, conjuntamente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Notario Público titular de la 21 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos Nº 578 comuna de Santiago, certifico que por escritura pública, ante mí, de 25 de agosto 2020, Repertorio Nº 10.031.- ante mí, JOSÉ IVAN VEGA BOLLMANN, MARTIN IGNACIO VEGA BOLLMANN y ERICA VALENTINA BOLLMANN MUÑOZ, todos domiciliados, Avenida México 9549, La Florida, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, Nombre: INVERSIONES VVYB LIMITADA, nombre de fantasía: SHOMER LTDA. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o en el exterior. Objeto: Realizar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, sea en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas de ellos, tomar interés o participar como socio o comunero en empresas o sociedades de cualquier naturaleza. Además, el objeto de la sociedad contemplara la prestación de servicios de asesoría en general, ya sea en el plano financiero, comercial, computacional, previsional, laboral, seguridad y tributario; la prestación de asesorías o servicios, sean éstos financieros, previsionales, tributarios, comerciales o administrativos. En el cumplimiento del objeto social podrá ejecutar o celebrar todo tipo de actos jurídicos, sean de administración o disposición y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos conducentes a los fines indicados y los demás negocios que acordaren los socios, tanto en Chile como en el extranjero. Administración: Corresponderá a JOSÉ IVAN VEGA BOLLMANN, a MARTÍN IGNACIO VEGA BOLLMANN, y a ERICA VALENTINA BOLLMANN MUÑOZ, conjuntamente. Capital: $3.000.000.- repartido entre los socios siguiente forma: JOSÉ VEGA BOLLMANN, aporta $1.000.000.- al capital social, en este acto; MARTÍN VEGA BOLLMANN , aporta $1.000.000.- al capital social en este acto; y ERICA VALENTINA BOLLMANN MUÑOZ aporta $1.000.000 al capital social, en este acto. El capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Duración: 5 años contados desde 25 agosto 2020 y se entenderá prorrogada automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante una escritura pública de la cual se tomará nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con no menos de 60 días de anticipación al vencimiento del período inicial o de la respectiva prórroga. Demás estipulaciones en escritura extractada.