MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CARLOS FIGUEROA, AUDITORES Y COMPAÑIA LIMITADA

RUT 78211840-4 CVE 1819154
Fecha instrumento
19 de agosto de 2020
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
19 de agosto de 2020
Repertorio
4634/2020
Comuna
Providencia

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 19 de agosto de 2020, ante mí, Repertorio 4634/2020: don CARLOS ARTURO FIGUEROA SAAVEDRA, doña CONNIE PAREDES TAPIA, y doña CASSANDRA GRISEL MORALES BASAEZ, todos con domicilio en Guardia Vieja número doscientos cincuenta y cinco, oficina mil trescientos uno, Providencia, Santiago, modificaron sociedad civil de responsabilidad limitada denominada “CARLOS FIGUEROA, AUDITORES Y COMPAÑIA LIMITADA”, rol único tributario número setenta y ocho millones doscientos once mil ochocientos cuarenta guión cuatro, constituida el 10 de marzo de 1992, ante notario de Santiago, don Abraham Ulloa Carrasco, inscrita fojas 9113 Nº 4544, Registro Comercio de Santiago, año 1992, en siguientes aspectos: 1) doña CONNIE PAREDES TAPIA, cede a doña CASSANDRA GRISEL MORALES BASAEZ, el uno por ciento de los derechos sociales, en la suma de $25.000.-; 2) doña CONNIE PAREDES TAPIA, se retira de la sociedad cediendo a don CARLOS ARTURO FIGUEROA SAAVEDRA, el treinta y cuatro por ciento de los derechos sociales, en la suma de $850.000.-; 3) Quedan como únicos socios de la sociedad don CARLOS ARTURO FIGUEROA SAAVEDRA, con un noventa y nueve por ciento del haber social y por doña CASSANDRA GRISEL MORALES BASAEZ, con un uno por ciento del haber social; 4) Reemplazan la cláusula cuarta del pacto social, en el sentido que el capital de la sociedad es la suma de un millón quinientos mil pesos que los socios enteran y pagan de la siguiente manera: a) don CARLOS ARTURO FIGUEROA SAAVEDRA, aporta la suma de un millón cuatrocientos ochenta y cinco mil pesos, equivalentes al noventa y nueve por ciento del haber social; ya enterados en dinero efectivo a la sociedad; y b) doña CASSANDRA GRISEL MORALES BASAEZ, aporta la suma de quince mil pesos, equivalentes al uno por ciento del haber social, ya enterados en dinero efectivo a la sociedad”.- En lo no modificado rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en las escrituras anteriores, especialmente en cuanto dice relación con la responsabilidad de los socios la que queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Santiago, 19 de agosto de 2020.-lp