BRACKER Y COMPAÑÍA SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de septiembre de 2020
- Repertorio
- 10617/2020
- Notario
- Maria Patricia Donoso Gomien
- Oficio
- 27ª Notaría Santiago de Santiago con oficio en Orrego Luco 0153
- Comuna
- Santiago de Santiago
Administración
La administración de la sociedad estará a cargo de dos administradores quienes…” quedando ahora “Administración. La administración de la sociedad estará a cargo de tres administradores quienes…”. Además, incuyen el siguiente párrafo al final de artículo décimo noveno de los estatutos: “Con todo, para operaciones superiores a los ciento cincuenta millones de pesos, los administradores deberán actuar en conjunto, requiriendo la concurrencia de a lo menos dos de los tres administradores. En caso de fallecimiento de cualquiera de los administradores lo que deberá ser acreditado con el respectivo certificado de defunción, los otros administradores podrán actuar sin requerir trámite alguno. Por último y de conformidad con los estatutos se designó como administradores a don Christian Carl Bracker, a doña Mónica Del Carmen Meza Leyton y a don Philipp Bracker Meza quienes pueden actuar en forma conjunta o individual indistintamente de conformidad con los estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaria Patricia Donoso Gomien, Notario Público titular de 27ª Notaría Santiago de Santiago con oficio en Orrego Luco 0153, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 9 de septiembre de 2020, ante mí, Repertorio 10.617/2020, don Esteban Larrondo Ossandón, abogado, con domicilio en Kennedy 7440 oficina 203, Vitacura, redujo a escritura pública acta Junta extraordinaria de accionistas de la sociedad “BRACKER Y COMPAÑÍA SpA” inscrita a fojas 37956 número 19272 del año 1991, modificando la sociedad en el siguiente sentido: se modifica el artículo décimo quinto de los estatutos sociales que señalan: “Administración. La administración de la sociedad estará a cargo de dos administradores quienes…” quedando ahora “Administración. La administración de la sociedad estará a cargo de tres administradores quienes…”. Además, incuyen el siguiente párrafo al final de artículo décimo noveno de los estatutos: “Con todo, para operaciones superiores a los ciento cincuenta millones de pesos, los administradores deberán actuar en conjunto, requiriendo la concurrencia de a lo menos dos de los tres administradores. En caso de fallecimiento de cualquiera de los administradores lo que deberá ser acreditado con el respectivo certificado de defunción, los otros administradores podrán actuar sin requerir trámite alguno. Por último y de conformidad con los estatutos se designó como administradores a don Christian Carl Bracker, a doña Mónica Del Carmen Meza Leyton y a don Philipp Bracker Meza quienes pueden actuar en forma conjunta o individual indistintamente de conformidad con los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.-Santiago, 15 de septiembre de 2020.