Puelma y Compañía Abogados Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de septiembre de 2020
- Repertorio
- 10437
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.200.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA Notario Público Titular 21 Notaría Santiago, con oficio Huérfanos 578, certifica que por escritura pública, ante mí, con fecha 4 de septiembre de 2020 Repertorio N° 10.437, Asesorías e Inversiones Correa y Carey Limitada, domiciliada en Av. Apoquindo 3721 oficina 31, Las Condes, Bárbara Enriqueta Puelma Barriga, Inversiones Santa Bárbara Limitada, José Miguel Puelma Barriga, Inversiones Puelma Bull Limitada y Rodrigo Puelma Calvo, todos domiciliados en Los Militares 5953 oficina 2003, Las Condes, modificaron la sociedad “Puelma y Compañía Abogados Limitada”, inscrita fojas 24.863 Nº 18.748 Registro de Comercio Santiago año 2003. Modificaciones consisten en que Asesorías e Inversiones Correa y Carey Limitada cede a José Miguel Puelma Barriga y Rodrigo Puelma Calvo en partes iguales todos sus derechos sociales de la compañía; Bárbara Enriqueta Puelma Barriga, cede a José Miguel Puelma Barriga y Rodrigo Puelma Calvo en partes iguales todos sus derechos sociales de la compañía; Inversiones Santa Bárbara Limitada cede a Rodrigo Puelma Calvo todos sus derechos sociales de la compañía e Inversiones Puelma Bull Limitada cede a José Miguel Puelma Barriga todos sus derechos sociales de la compañía. Como consecuencia de lo anterior se retiran de la sociedad Asesorías e Inversiones Correa y Carey Limitada, Bárbara Enriqueta Puelma Barriga, Inversiones Santa Bárbara Limitada e Inversiones Puelma Bull Limitada. El capital social de $1.200.000. queda repartido entre los socios de la siguiente forma: Rodrigo Puelma Calvo, $600.000.- del capital social y José Miguel Puelma Barriga $600.000, del capital social. El Capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Se modifica la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a cualesquiera de los señores José Miguel Puelma y/o Rodrigo Puelma Calvo, con las amplias facultades que se indican en el pacto social. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás cláusulas y modificaciones en escritura extractada. Doy Fe.