MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

ALTOS DEL SUR S.A.

RUT 76604857-9 CVE 1818721
Capital
$978.039.115 CLP
Fecha instrumento
3 de septiembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de septiembre de 2020
Notario
MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$978.039.115 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 03/09/2020, Repertorio número 10.419/2020, ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de ALTOS DEL SUR S.A., sociedad anónima, RUT: 76.604.857-9, constituida por escritura pública de fecha 09/09/2016, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Myriam Amigo Arancibia, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del CBR de Santiago a fojas 70.558, Nº 37.954 del año 2016. Actuales accionistas de ALTOS DEL SUR S.A., acuerdan lo siguiente:1) Aumentar, el Capital de la Compañía en $977.039.115, esto es, de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones de una misma serie, nominativas, sin valor nominal, a la suma de $978.039.115, mediante la emisión de 977.039.115 Nuevas Acciones de Pago de una misma serie, nominativas, sin valor nominal. Por lo tanto, el Capital Social de la Compañía ascenderá a la suma de $978.039.115, dividido en 977.040.115 acciones, de una misma serie, nominativas, sin valor nominal. 2) Modificar el artículo quinto de los estatutos sociales dejándolo sin efecto y reemplazándolo por el siguiente nuevo: “ARTICULO QUINTO: Capital. El capital de la sociedad es la cantidad de $978.039.115, dividido en 977.040.115 acciones, de una misma serie, nominativas, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma indicada en el Artículo Tercero Transitorio de estos estatutos. El capital y el valor de las acciones se entenderán modificados de pleno derecho cada vez que la junta ordinaria de accionistas apruebe el balance del ejercicio. El balance deberá expresar el nuevo capital y el valor de las acciones resultantes de la distribución del capital propio”. Capital íntegramente suscrito y pagado según escritura extractada.Otras modificaciones y estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado, siguen plenamente vigentes las restantes disposiciones de los estatutos de la Sociedad. Septiembre 16 de 2020. nrs.