ODONTOLOGÍA DE LA LLERA SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de septiembre de 2020
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad de Santiago
Objeto social
; a) Prestación de servicios odontológicos varios; b) La importación, exportación, compra, venta y permuta de instrumental y materiales odontológicos; c) La realización de inversiones de todo tipo, en sus más variadas formas, y en los más diversos campos; d) La explotación, compra, venta, arrendamiento, ya por cuenta propia o ajena, de bienes raíces, bienes muebles, y, asimismo, efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, fondos mutuos, depósitos a plazo y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades, y percibir e invertir los frutos de las inversiones; e) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la empresa y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los socios y permita un mejor aprovechamiento de la organización social. Para el cumplimiento de este objeto, la empresa podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, Santiago, Región Metropolitana, certifica: Que por escritura pública de fecha 15 de septiembre del año 2020, repertorio número 5197/2020, ante mí FRANCISCA CATALINA DE LA LLERA SANTELICES, C.I. 18.641.054-8, cirujano dentista, domiciliada en camino las ermitas número cuatro mil ciento treinta, comuna de Lo Barnechea Región Metropolitana y de paso por esta, constituyó por escritura pública, la sociedad por acciones: Nombre: “ODONTOLOGÍA DE LA LLERA SpA”. Representación: La Sociedad será representada por FRANCISCA CATALINA DE LA LLERA SANTELICES, ya individualizada. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se acuerden establecer en otros puntos del país o en el extranjero. Objeto:; a) Prestación de servicios odontológicos varios; b) La importación, exportación, compra, venta y permuta de instrumental y materiales odontológicos; c) La realización de inversiones de todo tipo, en sus más variadas formas, y en los más diversos campos; d) La explotación, compra, venta, arrendamiento, ya por cuenta propia o ajena, de bienes raíces, bienes muebles, y, asimismo, efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, fondos mutuos, depósitos a plazo y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades, y percibir e invertir los frutos de las inversiones; e) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la empresa y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los socios y permita un mejor aprovechamiento de la organización social. Para el cumplimiento de este objeto, la empresa podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.- Capital: $1.000.000 (un millón de pesos chilenos), dividido y representado en mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, el cual se encuentra totalmente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago de Chile, 15 de septiembre de 2020.-