CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CENTRO DE ESTETICA INTEGRAL LIMITADA

RUT 15346644-0 CVE 1818204
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de septiembre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
11 de septiembre de 2020
Notario
HUMBERTO QUEZADA MORENO
Oficio
Vigésimo Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago, en las comunas que constituyen el territorio jurisdiccional del Conservador de Bienes Raíces y Registro de Comercio de Santiago
Duración
2 años desde escritura, renovables automáticamente por períodos iguales

Objeto social

a) La prestación de servicios integrales en tratamientos corporales, faciales, de estética y belleza integral en ambos sexos, ya sea por cuenta propia o de terceros; b) La prestación de servicios de peluquería, tratamientos capilares y tinturas; c) Cosmetología facial y corporal; d) Podología; e) Masajes, de relajación y tratamientos corporales; f) Depilación; g) Manicure, en todas sus formas, es decir, tradicional, permanente o semipermanente; con diseño y)o accesorios; h) Pedicure; i) Perfilación de cejas; j) Ondulación de pestañas. k) La compraventa de artículos de perfumería, cosméticos, capilares y afines; l) El arriendo de bienes muebles para labores de salón de belleza y peluquería, especialmente arriendo de sillones, boxes, mesas, camillas y otros. m) El uso, compraventa e importación de toda clase de máquinas, vestuario, accesorios, productos cosméticos y naturales, que estén relacionados, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, con todas las actividades ya indicadas. Asimismo, podrá realizar toda otra actividad, relacionada o no con lo anterior, que las socias de común acuerdo determinen

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Abogado, Notario Público, Titular de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, segundo piso, Santiago, .certifica: Por escritura pública ante mí, de fecha 11 de septiembre de 2020, NATALIA INES RAMIREZ REYES, Rut 15.346.644-0 y MARCELA LORETO VARGAS CARRASCO, Rut 9.304.370-7, ambas domiciliadas Padre Mariano No. 239, Depto. 303, comuna Providencia, Región Metropolitana, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón social: "CENTRO DE ESTETICA INTEGRAL LIMITADA", nombre de fantasía CENTRO DE ESTETICA INTEGRAL MALCRIADAS LTDA. Objeto: a) La prestación de servicios integrales en tratamientos corporales, faciales, de estética y belleza integral en ambos sexos, ya sea por cuenta propia o de terceros; b) La prestación de servicios de peluquería, tratamientos capilares y tinturas; c) Cosmetología facial y corporal; d) Podología; e) Masajes, de relajación y tratamientos corporales; f) Depilación; g) Manicure, en todas sus formas, es decir, tradicional, permanente o semipermanente; con diseño y/o accesorios; h) Pedicure; i) Perfilación de cejas; j) Ondulación de pestañas. k) La compraventa de artículos de perfumería, cosméticos, capilares y afines; l) El arriendo de bienes muebles para labores de salón de belleza y peluquería, especialmente arriendo de sillones, boxes, mesas, camillas y otros. m) El uso, compraventa e importación de toda clase de máquinas, vestuario, accesorios, productos cosméticos y naturales, que estén relacionados, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, con todas las actividades ya indicadas. Asimismo, podrá realizar toda otra actividad, relacionada o no con lo anterior, que las socias de común acuerdo determinen. Domicilio: Ciudad de Santiago, en las comunas que constituyen el territorio jurisdiccional del Conservador de Bienes Raíces y Registro de Comercio de Santiago, sin perjuicio sucursales o agencias resto del país o extranjero. Administración y uso razón social: Ambas socias conjuntamente, con amplias facultades señaladas en escritura. Capital: $2.000.000.- Cada socia aporta $1.000.000.- correspondiente al 50% del capital social, en dinero efectivo ingresado este acto caja social. Capital social enteramente pagado. Responsabilidad: Limitada al monto respectivos aportes. Duración: 2 años desde escritura, renovables automáticamente por períodos iguales. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 15 de Septiembre de 2020. H. Quezada M. Notario Publico.