INVERSIONES AGROFORESTALES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de enero de 2018
- Notario
- GUSTAVO MONTERO MARTI
- Oficio
- Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL
Sociedad
- Capital
- $1.000.000.000 CLP
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán exclusivamente a través de don JUAN RUIZ – TAGLE IRARRAZAVAL o a través de la sociedad INVERSIONES ZAPALLAR LIMITADA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones ciento cuarenta y ocho mil quinientos cincuenta y cinco guion cinco, actuando esta mediante sus administradores estatutarios o mediante delegados designados para tal efecto. Cada administrador estatutario, actuando indistinta y separadamente cualesquiera uno de ellos, anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades de disposición y administración de bienes, que se describen en el artículo siguiente’’, (c) Socios acuerdan modificar artículo DÉCIMO del Pacto Social, relativo a distribución de utilidades. Como consecuencia de lo anterior, socios acuerdan modificar el artículo DÉCIMO del pacto social, el cual queda expresado con el siguiente tenor: ‘‘DÉCIMO. Utilidades y pérdidas: Las utilidades de la sociedad se distribuirán entre los socios en las oportunidades, formas, proporciones y montos que fije, actuando separada e indistintamente, el socio don JUAN RUIZ – TAGLE IRARRAZAVAL o el socio INVERSIONES ZAPALLAR LIMITADA, actuando esta última mediante sus administradores estatutarios u otras personas jurídicas o naturales designadas para tal efecto. Las eventuales pérdidas, en tanto, serán soportadas por los socios sobre sus respectivas cuotas en el capital social, en proporción a ellas y con el límite de las mismas, en conformidad a la ley.’’ (d) Socios modifican artículos OCTAVO, relativo a facultades del administrador, NOVENO, relativo a quiebra, fallecimiento o incapacidad de los administradores estatutarios y, DÉCIMO CUARTO, relativo a disolución anticipada y liquidación, todos del pacto social que no son materia de extracto
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES ZAPALLAR LIMITADA | socio | 76148555-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUSTAVO MONTERO MARTI, Notario Público Suplente del Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, con oficio en esta ciudad, Avenida Apoquindo número tres mil setenta y seis, oficina seiscientos uno, sexto piso, Comuna de Las Condes, certifico: por escritura pública otorgada hoy ante mí, (i) INVERSIONES ZAPALLAR LIMITADA, RUT 76.148.555-5, domiciliada para estos efectos en Avenida Apoquindo número tres mil doscientos, piso diez, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; representada por: FRANCISCA RUIZ-TAGLE COX, C.I. 6.376.988-6, domiciliada en calle Ted Huard N° 4122, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; JUAN CRISTOBAL RUIZ-TAGLE COX, C.I. 6.376.981-9, domiciliado para estos efectos en calle Camino La Bandurria N°3480, comuna de Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana; ÁNGELA RUIZ-TAGLE COX, C.I. 12.232.343-9, domiciliada en calle San Damián N°915, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; CRISTIÁN RUIZ-TAGLE COX, C.I. 13.037.147-7, domiciliado en calle San Damián N°98, departamento N°708, Comuna de Las Condes, Santiago; LUCÍA CAROLINA RUIZ-TAGLE COX, C.I. 14.597.370-8 y , domiciliada en Avenida Felipe Cubillos N°1784 casa 25, comuna de Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana y, JOSÉ GABRIEL RUIZ-TAGLE COX, C.I. 13.241.630-3, domiciliado en calle Hamlet N°4145, departamento número 47, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, (ii) JUAN RUIZ-TAGLE IRARRAZAVAL, C.I. 3.310.251-8, domiciliado en calle San Damián, N°694, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quien comparece representado por FRANCISCA RUIZ-TAGLE COX, JUAN CRISTOBAL RUIZ-TAGLE COX, ÁNGELA RUIZ-TAGLE COX, CRISTIÁN RUIZ-TAGLE COX, LUCÍA CAROLINA RUIZ-TAGLE COX y, JOSÉ GABRIEL RUIZ-TAGLE COX, todos ya individualizados y, (iii) YOLANDA MARIA TERESA COX HUNEUS, C.I. 4.186.994-1, domiciliado en calle San Damián, N°694, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quien comparece representada por FRANCISCA RUIZ-TAGLE COX, JUAN CRISTOBAL RUIZ-TAGLE COX, ÁNGELA RUIZ-TAGLE COX, CRISTIÁN RUIZ-TAGLE COX, LUCÍA CAROLINA RUIZ-TAGLE COX y, JOSÉ GABRIEL RUIZ-TAGLE COX, todos ya individualizados, acuerdan las siguientes modificaciones de la sociedad INVERSIONES AGROFORESTALES LIMITADA, extracto inscrito a fojas 9844 Nº5352 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 1974, RUT: 83.649.800-3: (a) Socios dan cuenta que, con anterioridad a esta fecha, se enteró y pagó la totalidad del aumento de capital acordado en la escritura pública de fecha 25 de enero del año 2018, otorgada ante doña María Loreto Zaldivar Grass, suplente del Notario Público de Santiago don Patricio Zaldívar Mackenna. Como consecuencia de lo anterior, socios acuerdan modificar el ARTÍCULO QUINTO del pacto social, el cual queda expresado con el siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.000.000.000, íntegramente pagado por sus socios en las siguientes cantidades y proporciones: (UNO) La sociedad INVERSIONES ZAPALLAR LIMITADA, con la suma de $920.000.000, equivalentes al 92% del capital social, (DOS) Don JUAN RUIZ-TAGLE IRARRAZAVAL con la suma de $40.000.000, equivalentes al 4% del capital social y, (TRES) YOLANDA MARIA TERESA COX HUNEUS, con la suma de $40.000.000, equivalentes al 4% del capital social. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes.’’, (b) Socios acuerda modificar artículo SÉPTIMO del Pacto social, relativo a la representación, administración y el uso de la razón social de la sociedad. Como consecuencia de lo anterior, socios acuerdan modificar artículo SÉPTIMO del Pacto social, el cual queda expresado con el siguiente tenor: ‘‘SÉPTIMO: Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán exclusivamente a través de don JUAN RUIZ – TAGLE IRARRAZAVAL o a través de la sociedad INVERSIONES ZAPALLAR LIMITADA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones ciento cuarenta y ocho mil quinientos cincuenta y cinco guion cinco, actuando esta mediante sus administradores estatutarios o mediante delegados designados para tal efecto. Cada administrador estatutario, actuando indistinta y separadamente cualesquiera uno de ellos, anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades de disposición y administración de bienes, que se describen en el artículo siguiente’’, (c) Socios acuerdan modificar artículo DÉCIMO del Pacto Social, relativo a distribución de utilidades. Como consecuencia de lo anterior, socios acuerdan modificar el artículo DÉCIMO del pacto social, el cual queda expresado con el siguiente tenor: ‘‘DÉCIMO. Utilidades y pérdidas: Las utilidades de la sociedad se distribuirán entre los socios en las oportunidades, formas, proporciones y montos que fije, actuando separada e indistintamente, el socio don JUAN RUIZ – TAGLE IRARRAZAVAL o el socio INVERSIONES ZAPALLAR LIMITADA, actuando esta última mediante sus administradores estatutarios u otras personas jurídicas o naturales designadas para tal efecto. Las eventuales pérdidas, en tanto, serán soportadas por los socios sobre sus respectivas cuotas en el capital social, en proporción a ellas y con el límite de las mismas, en conformidad a la ley.’’ (d) Socios modifican artículos OCTAVO, relativo a facultades del administrador, NOVENO, relativo a quiebra, fallecimiento o incapacidad de los administradores estatutarios y, DÉCIMO CUARTO, relativo a disolución anticipada y liquidación, todos del pacto social que no son materia de extracto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 08 de septiembre del año 2020.