MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Inmobiliaria Cerro Grande S.A.

RUT 76237735-7 CVE 1817794
Fecha instrumento
19 de agosto de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de agosto de 2020
Repertorio
9480/2020
Notario
COSME FERNANDO GOMILA GATICA
Oficio
Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada 341, 4º piso, Comuna de Santiago, certifico que Por escritura pública, de fecha 14 de Septiembre del 2020, repertorio N°9480/2020, otorgada ante mi, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de Inmobiliaria Cerro Grande S.A., sociedad inscrita a fojas 1.396 Nº 744 del Registro de Comercio del Conservador de La Serena del año 2012, celebrada con fecha 19 de agosto de 2020, por la cual la totalidad de los accionistas acordaron modificar el objeto de la sociedad contenido en el Artículo Tercero de los estatutos sociales que constan en escritura pública de constitución de sociedad de fecha 20 de Julio de 2012 otorgada en la Notaría de Santiago de don Cosme Gomila Gatica, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Tercero: El objeto de la sociedad será el rubro Inmobiliario y Construcción, pudiendo adquirir, vender, arrendar, lotear, dividir, administrar o explotar, bajo cualquier forma de contratación, bienes raíces urbanos y rurales, por cuenta propia o de terceros, construir o encargar la construcción de edificios, viviendas u otras obras en los inmuebles, y vender todo o parte de ellos a terceros, enajenarlos, arrendarlos o ceder su uso y goce a cualquier título, venta de materiales directa o indirectamente asociados a la construcción; elaborar y modificar proyectos habitacionales; realizar la inspección técnica de obras de construcción; administrar contratos de obras; prestar servicios de asistencia técnica, jurídica y social en el marco de los programas de vivienda gestionados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de acuerdo a los reglamentos que ese Ministerio establezca para tal efecto; gestionar la recepción de obras de construcción ante los Serviu Regionales y ante las Direcciones de Obras Municipales; gestionar la inscripción de las viviendas antes los Conservadores de Bienes raíces; y toda actividad relacionada directa o indirectamente con el giro inmobiliario y construcción.” Demás estipulaciones en escritura extractada.- MMO.