CREACIONES Y SERVICIOS AGUA DESIGN PACKAGING & BRANDING LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de agosto de 2020
- Notario
- María Virginia Wielandt Covarrubias
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Virginia Wielandt Covarrubias, Abogada, Notario Público Suplente Quinta Notaría de Santiago, oficio calle Gertrudis Echenique 30, of. 32, Las Condes, Región Metropolitana, CERTIFICA: por escritura publica de fecha 25 de Agosto de 2020, ante mi, INVERSIONES MARTÍNEZ HOFFMAN LIMITADA, sociedad Inversión, rut 76.003.073-2, representada por RODRIGO ANDRÉS MARTÍNEZ GAMBOA, ingeniero comercial, CI. 11.635.546-9; RODRIGO ALEJANDRO LOO MATURANA, ingeniero civil industrial, CI.8.934.977-k; GRACE EMILY HOFFMANN CARTER, publicista, CI. 12.241.768-9 y MARÍA LUISA CARMEN MARCELA VERMEIL DE CONCHARD VEGA, diseñadora, CI. 10.859.623-6, todos, domiciliados en Augusto Leguía Norte número cien, oficina cuatrocientos cuatro, Comuna de Las Condes; modificaron sociedad “Creaciones y Servicios Agua Design Packaging & Branding Limitada”, constituida por escritura pública de fecha 3 de diciembre de 2003 Cuadragésima Tercera Notaria de Santiago de don Juan Ricardo San Martin Urrejola, extracto inscrito a Fojas 37119 Nº 28156 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2003. Modificaciones consisten en: A) Don Rodrigo Alejandro Loo Maturana, cede totalidad de sus derechos, equivalentes al 20% del haber social, a Grace Emily Hoffman Carter, precio $4.000.000.- B) Inversiones Martínez & Hoffmann Limitada, cede totalidad de sus derechos, equivalentes al 30% del haber social, a Grace Emily Hoffman Carter, precio $6.000.000.- C) Inversiones Martínez & Hoffmann Limitada, cede totalidad de sus derechos, equivalentes al 20% del haber social, a María Luisa Carmen Marcela Vermeil de Conchard Vega, precio $4.000.000.- Quedan como únicos socias Grace Emily Hoffmann Carter y María Luisa Carmen Marcela Vermeil de Conchard Vega con un cincuenta por ciento cada una. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 09 de Septiembre de 2020.- María Virginia Wielandt Covarrubias. Notario Suplente.-