CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE RECICLAJE ANDRADE Y CANALES LIMITADA

CVE 1816581
Capital
$9.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de agosto de 2020
Notaría
Chillán
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
27 de agosto de 2020
Notario
JOAQUIN TEJOS HENRIQUEZ
Oficio
Segunda Notaría de Chillán
Comuna
Chillán

Sociedad

N. fantasía
“RECICLAJE SOANDRE & CANALES LTDA.”
Capital
$9.000.000 CLP
Domicilio
Comuna de Pemuco
Duración
5 años desde fecha de esta escritura, prorrogable en forma tácita, automática y sucesiva por períodos iguales, salvo que alguno de los socios manifieste voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de inscripción social, con una anticipación mínima de 90 días al vencimiento del periodo en curso
Ley aplicable
Ley 3.918.

Objeto social

a) La prestación de servicios, asesorías y consultorías profesionales en todas las áreas relativas a reciclaje; b) la confección de estudios, proyectos, inspección y supervisión de contratos; c)Reciclamiento de desperdicios y desechos; d) Tratamiento de desperdicios orgánicos e inorgánicos; e) la realización de inspecciones y supervisiones técnicas en toda clase de negocios, para todos tipo de empresas o personas relacionadas con el objeto social, debiendo hacer cumplir las especificaciones técnicas exigidas contractual y legalmente; f) la prestación de servicios profesionales de transporte marítimo, aéreo y terrestre, de carga y fletes, productos, insumos y todo tipo de bienes y mercaderías en general sean propios o ajenos, nacional o internacional, por cuenta propia o ajena, en vehículos propios o de terceros, y cualquier actividad relacionada con el área de transporte; g) Comprar, importar, vender y explotar y en general enajenar toda clase de productos derivados del tratamiento de reciclaje; h) Tomar la representación de otros negocios comerciales u otras compañías o industrias del reciclaje, ya sean nacionales o extranjera; i) Venta al por mayor de desperdicios, desechos y otros productos N.C.P.; j) Transporte de carga por carretera, y en general la sociedad podrá dedicarse a negocios similares o que se relacionen con su objeto social y podrá celebrar todos los actos, contratos o negocios que tiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto, mas toda otra actividad que los socios de común acuerdo determinen.- Administración, Representación, Uso de la Razón Social y

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOAQUIN TEJOS HENRIQUEZ, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Chillán, con oficio en calle El Roble nº 620, certifico: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, WIDO ARMANDO CANALES FAUNDEZ y ERIKA SOLEDAD ANDRADE FAUNDEZ, ambos chilenos, factores de comercio, casados, domiciliados en Parcela nº 28, Lote A -1 de San Miguel de Diguillín, comuna de Pemuco, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada, Ley 3.918.- Razón Social: “SOCIEDAD DE RECICLAJE ANDRADE Y CANALES LIMITADA”.- Nombre de fantasía: “RECICLAJE SOANDRE & CANALES LTDA.”.- Objeto: a) La prestación de servicios, asesorías y consultorías profesionales en todas las áreas relativas a reciclaje; b) la confección de estudios, proyectos, inspección y supervisión de contratos; c)Reciclamiento de desperdicios y desechos; d) Tratamiento de desperdicios orgánicos e inorgánicos; e) la realización de inspecciones y supervisiones técnicas en toda clase de negocios, para todos tipo de empresas o personas relacionadas con el objeto social, debiendo hacer cumplir las especificaciones técnicas exigidas contractual y legalmente; f) la prestación de servicios profesionales de transporte marítimo, aéreo y terrestre, de carga y fletes, productos, insumos y todo tipo de bienes y mercaderías en general sean propios o ajenos, nacional o internacional, por cuenta propia o ajena, en vehículos propios o de terceros, y cualquier actividad relacionada con el área de transporte; g) Comprar, importar, vender y explotar y en general enajenar toda clase de productos derivados del tratamiento de reciclaje; h) Tomar la representación de otros negocios comerciales u otras compañías o industrias del reciclaje, ya sean nacionales o extranjera; i) Venta al por mayor de desperdicios, desechos y otros productos N.C.P.; j) Transporte de carga por carretera, y en general la sociedad podrá dedicarse a negocios similares o que se relacionen con su objeto social y podrá celebrar todos los actos, contratos o negocios que tiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto, mas toda otra actividad que los socios de común acuerdo determinen.- Administración, Representación, Uso de la Razón Social y nombre de fantasía: Corresponderá a la socia ERIKA SOLEDAD ANDRADE FAUNDEZ, con facultades establecidas en cláusula cuarta del pacto social.- Capital: $9.000.000. Socios aportan y enteran la suma de $4.500.000 cada uno en este acto al contado y en dinero efectivo a caja social.- Responsabilidad de los socios queda limitada a monto de sus aportes.- Utilidades y/o pérdidas se repartirán en la proporción de un 50% para cada socio.- Domicilio: Comuna de Pemuco, sin perjuicio de sucursales o agencias en otros lugares del país o extranjero.- Duración: 5 años desde fecha de esta escritura, prorrogable en forma tácita, automática y sucesiva por períodos iguales, salvo que alguno de los socios manifieste voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de inscripción social, con una anticipación mínima de 90 días al vencimiento del periodo en curso. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Chillán, 27 de Agosto de 2020.-