Instrumento
- Fecha
- 10 de septiembre de 2020
- Repertorio
- 17508-2020
- Notario
- ANDRÉS RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad es la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea comerciales o civiles, comunidades, asociaciones o fondos; y en toda clase de bienes raíces, pudiendo al efecto, actuando por cuenta propia o ajena, comprar, vender, adquirir, enajenar y dar o tomar en arriendo, con o sin opción de compra, inmuebles habitacionales, industriales, destinados a oficinas u otros, sea que estos se encuentren o no amoblados o con instalaciones. Para la consecución de sus fines, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la 36º Notaría de Santiago, con oficio ubicado en La Concepción Nº 65, piso dos, comuna de Providencia, certifica: Que por escritura pública de fecha 10 de septiembre de 2020, Repertorio N° 17.508-2020, ante mí, doña MAGDALENA MARÍA MARTIN CUADRADO, constituyó sociedad por acciones. Razón social: INVERSIONES ELISA SpA. Objeto: El objeto de la Sociedad es la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea comerciales o civiles, comunidades, asociaciones o fondos; y en toda clase de bienes raíces, pudiendo al efecto, actuando por cuenta propia o ajena, comprar, vender, adquirir, enajenar y dar o tomar en arriendo, con o sin opción de compra, inmuebles habitacionales, industriales, destinados a oficinas u otros, sea que estos se encuentren o no amoblados o con instalaciones. Para la consecución de sus fines, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase. Capital: $1.000.000.- íntegramente suscrito y pagado. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de septiembre de 2020.