INMOBILIARIA SANTA JULIA S.A.
Instrumento
- Fecha
- 21 de agosto de 2020
- Repertorio
- 111929-2020
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, Miraflores N° 178, piso 5, Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 21 de agosto de 2020, Repertorio N° 111.929-2020, otorgada ante mí, el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INMOBILIARIA SANTA JULIA S.A. Rut: 76.351.530-3, sociedad inscrita a fojas 32.421 N°23.165 del año 2005 y que se celebro ante mi con fecha 13 de agosto del año 2020, y en la que los accionistas acordaron ampliar el objeto social de la misma, por lo que modificaron el articulo cuarto de los Estatutos Sociales, el que se reemplazó por el siguiente: ARTICULO CUARTO: El objeto de la Sociedad será: a) Efectuar inversiones, explotación, compra, venta, intermediación, administración y corretaje de bienes raíces, bienes muebles e inversiones en valores mobiliarios, sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena, en Chile o en el extranjero; b) Estudiar, desarrollar, organizar y ejecutar todo tipo de proyectos inmobiliarios; c) Construir en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos y administrarlos, directa o indirectamente, en cualquier forma y a cualquier título; d) Subdividir, lotear y/o urbanizar por cuenta propia o ajena, toda clase de predios urbanos o rústicos de propiedad de la sociedad o de terceros, para fines habitacionales, comerciales, industriales o agrícolas; enajenarlos, administrarlos y/o explotarlos, bajo cualquier forma, por cuenta propia o ajena; e) Prestación de servicios de asesoría técnica, inmobiliaria, de ingeniería, diseño y/o administrativa, para proyectos o empresas nuevas o en marcha, transferencias tecnológicas propias o de terceros; f) Participación en toda clase de sociedades, en Chile o en el extranjero, sean éstas civiles o comerciales, colectivas, en comanditas, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto; g) La sociedad tiene además por objeto dedicarse al giro de la aeronáutica comercial, la explotación, utilización y operación de aeronaves, por cuenta propia o de terceros, sea dentro del territorio nacional o en el extranjero, los servicios aéreos comerciales; en la prestación de transporte no regular de pasajeros; carga, encomiendas y toda clase de trabajos aéreos remunerados, incluyendo sin limitación, fumigaciones forestales y agrícolas; control de heladas, plagas y contaminantes ecológicos, combate de incendios forestales y otros; servicios publicitarios, recreacionales, turísticos, deportivos, científicos y/o salvataje de personas y bienes; la compraventa, arrendamiento, fletamento y la celebración y ejecución de otros contratos de utilización e intercambio de aeronaves y cualquiera otros que sean factibles de desarrollar comercialmente por medio de la utilización de aeronaves, así como la inversión en sociedades cuyo giro sea afín, complementario o conducente al cumplimiento de su propio giro; y en general ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento de cada uno de los objetos de la sociedad, el desarrollo de su giro y la inversión de los fondos disponibles de la misma. Demas estipulaciones escritura extractada. Santiago, 14 de septiembre de 2020.