Instrumento
- Fecha
- 11 de septiembre de 2020
- Notario
- DORA SILVA LETELIER
- Oficio
- Primera Notaría de La Florida
- Comuna
- La Florida
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago.- Balance: Al 31 de diciembre de cada año
- Duración
- Indefinida
Administración
La Sociedad será administrada y representada por un Gerente General, designado en el acto de constitución, don GERARDO ALFREDO PIÉROLA MARILAO, C.I.N°15.893.547-3, quien anteponiendo el nombre de la sociedad o razón social, con amplias facultades incluidas en el Título Tercero, artículo décimo, de la escritura de constitución. El Capital Social asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en el acto de constitución, conforme a lo señalado en artículo 1° Transitorio
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDORA SILVA LETELIER, Notario Público de la Primera Notaría de La Florida, y Oficio en Avenida Vicuña Mackenna Poniente Nº7131, certifico que: por escritura de hoy, otorgada ante mí, don GERARDO ALFREDO PIEROLA MARILAO, C.I.N°15.893.547-3, domiciliado en calle A N°1201, comuna La Pintana, de paso en esta Región Metropolitana; constituyeron una Sociedad por Acciones, cuya razón social será “GLARD ASCENSORES SpA”.- El objeto de la sociedad es: a) La Instalación, Mantención, Reparación y Revisión de Equipos de Transporte Vertical, Ascensores, Montacargas, Mini cargas, Escaleras Mecánicas, andenes móviles, ascensores inclinados, b) Servicios de Ingeniería, Asesoría Técnica, Profesional, en todo lo referente a Transporte Vertical, c) la Compraventa, Comercialización y Distribución de Herramientas, Repuestos, Equipos y otras especies relacionadas con los objetos anteriores. d) todas las demás actividades que la sociedad acuerde, que tengan o no relación con los objetos anteriores. La Administración: La Sociedad será administrada y representada por un Gerente General, designado en el acto de constitución, don GERARDO ALFREDO PIÉROLA MARILAO, C.I.N°15.893.547-3, quien anteponiendo el nombre de la sociedad o razón social, con amplias facultades incluidas en el Título Tercero, artículo décimo, de la escritura de constitución. El Capital Social asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en el acto de constitución, conforme a lo señalado en artículo 1° Transitorio. Domicilio: Santiago.- Balance: Al 31 de diciembre de cada año. Vigencia: Indefinida. Demás cláusulas contenida en escritura extractada.- LA FLORIDA, 11 de Septiembre de 2020.