COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de agosto de 2020
- Notario
- PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Domicilio
- Valparaíso
- Comuna
- Valparaíso de don Marcos Díaz León
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 42173 del 5 de octubre de 2018
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de Valparaíso, con domicilio en esta ciudad, ubicado en calle Prat numero 856, por escritura hoy ante mi don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, chileno, soltero, contador auditor, cedula nacional de identidad número 15.556.839-9, debidamente facultado, en esta acto viene en reducir la QUINTA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de “COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA” o “CONTAINERS YA SpA” DE FECHA 14 DE AGOSTO DE 2020, que en lo esencial corresponde a lo siguiente: Con la asistencia de don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, cedula nacional de identidad número 15.556.839-9 y además asiste don CRISTIAN FRANCISCO VALENZUELA FIGUEROA, cedula nacional de identidad número 18.269.401.-0, quienes en conjunto son dueños del 100 % de las acciones válidamente emitidas, ante la presencia del Notario Público de Valparaíso, don Pablo Martínez Loaiza, y en su oficio ubicado en calle Prat número 856, Valparaíso, se realiza la Quinta Junta General Extraordinaria de accionistas de “COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA” o “CONTAINERS YA SpA” sociedad del giro de comercialización de contenedores, Rol Único Tributario numero 76.937.366-7, con domicilio en Avenida Novena 2020, Placilla Oriente, Valparaíso, constituida mediante escritura pública otorgada con fecha 14 de septiembre del año 2018, en la Notaria de Valparaíso de don Marcos Díaz León, con un capital de $5.000.000.- inscribiéndose esta a fojas 915 número 637 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, del año 2018, y publicándose su extracto en el Diario Oficial numero 42.173 de fecha 5 de octubre de 2018, la que se realiza en conformidad a las normas establecidas en los estatutos sociales y a la ley bajo la presidencia de don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA. Después de la instalación de la Junta el Presidente informa que esta Junta se celebra con el objeto de rectificar uno de los acuerdos tomados en la Cuarta Junta General Extraordinaria de Accionistas, toda vez que equivocadamente se agregó una limitación improcedente. En efecto, en la citada Junta se acordó entre otros que se facultaba “expresamente al Administrador y Gerente General don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA para negociar desde ya y con el Banco de Chile o con cualquiera otra institución, préstamos ya sea de largo o corto plazo, en moneda nacional o extranjera por la suma de hasta $300.000.000.- a fin de facilitar la expansión de la sociedad”, lo que ciertamente es un error, ya que no debía incluirse la limitación al monto, lo que justifica desde ya la realización de la presente Quinta Junta General Extraordinaria de Accionistas, a fin de salvar ello. Después de un breve intercambio de opiniones, se resuelve por unanimidad, los siguientes acuerdos: PRIMERO: Por unanimidad se ratifican íntegramente y sin observación alguna los acuerdos Primero, Segundo, Tercero y Cuarto tomados por los Accionistas en la Cuarta Junta Extraordinaria de la sociedad de fecha 14 de agosto de 2020. SEGUNDO: Por unanimidad se rectifica el acuerdo Quinto de la Cuarta Junta Extraordinaria de la sociedad de fecha 14 de agosto de 2020, en el sentido que se debe entender que se faculta expresamente al Administrador y Gerente General don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA para negociar desde ya y con el Banco de Chile o con cualquiera otra institución, préstamos ya sea de largo o corto plazo, en moneda nacional o extranjera a fin de facilitar la expansión de la sociedad, no requiriendo otro acto a requisito más allá del acuerdo social que por esta vía se expresa. La Junta acuerda por unanimidad facultar expresamente al accionista don JOSE ANDRES MIRANDA MUQUILLAZA, para que reduzca a escritura pública la presente acta, firme dicho instrumento, y realice los trámites que sean necesarios para cumplir con la voluntad de la Junta, sin que sea necesaria otra comparecencia o trámite adicional, así como de la misma manera una vez que se haya efectuado la reducción a escritura pública, facultarlo a este expresamente para realizar y firmar todas las inscripciones, subinscripciones que sean necesarias y pertinentes, pudiendo incluso si es necesario suscribir y firmar rectificaciones, aclaraciones, anotaciones y minutas que sean necesarias ante cualquier entidad que se requiera, tales como los organismos registrales y en especial ante el Conservador de Bienes Raíces competente, para formalizar en lo que sea pertinente las decisiones contenidas en esta acta, como así mismo solicitar publicaciones legales si se requiriera, así como toda otra gestión o trámite con este fin. Valparaíso, 2 Septiembre de 2020.