CIELOS DE TARAPACÁ SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de septiembre de 2020
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ENERGÍA DE TARAPACÁ SPA | socio | 76567829-3 | — | — | |
| CIELOS DE TARAPACÁ SpA | socio | 76365279-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULA ANDREA LUNA SAEZ, abogada, domiciliada en Huérfanos 669, octavo piso, comuna de Santiago, Notario Suplente de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, certifica: Mediante escritura pública, celebrada en esta notaría con fecha 9 de septiembre de 2020 agregada en mi repertorio con N°13.310/2020, ante mí; ENERGÍA DE TARAPACÁ SPA, RUT N° 76.567.829-3 representada por don Juan Andrés Camus Valdés, cédula nacional de identidad N°15.382.153-4, ambos domiciliados en Avenida Parque Antonio Rabat Sur número 6.165, comuna de Vitacura, Santiago, modificó la sociedad CIELOS DE TARAPACÁ SpA, RUT N° 76.365.279-3, inscrita a fojas 24.551 número 15.426 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2014, en el sentido de aumentar el capital de la misma, reemplazando íntegramente los Artículos Quinto y Segundo Transitorio de los Estatutos sociales según se indica a continuación: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la sociedad es la suma de mil doscientos noventa millones quinientos mil pesos, dividido en mil doscientos noventa millones quinientas mil acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal. Las acciones se suscriben, enteran y pagan en la forma establecida en las disposiciones transitorias. Tanto el capital como los eventuales aumentos del mismo podrán pagarse en dinero u otros bienes. La valoración de éstos se acordará por la mayoría absoluta de las acciones suscritas y pagadas de la Sociedad. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. El capital sólo puede ser modificado por reforma de estos Estatutos. No obstante lo anterior, el capital se modificará de pleno derecho cada vez que la Junta General Ordinaria de Accionistas apruebe el balance del ejercicio correspondiente.”. “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: En conformidad al Artículo Quinto de estos Estatutos, el capital de la Sociedad es la suma de mil doscientos noventa millones quinientos mil pesos, dividido en mil doscientos noventa millones quinientas mil acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal. El capital se ha suscrito y pagado y se suscribirá y pagará de la siguiente manera: i) Energía de Tarapacá SpA, ha suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha mil ciento sesenta y tres millones quinientas sesenta y un mil cuatrocientas cuarenta y siete acciones; y ii) ciento veintiséis millones novecientos treinta y ocho mil quinientos cincuenta y tres acciones se encuentran pendientes de suscripción, debiendo suscribirse y pagarse a más tardar con fecha nueve de septiembre de dos mil veintitrés”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de septiembre de 2020.