MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA DEIK E HIJOS LIMITADA

RUT 76596731-7 CVE 1815513
Fecha instrumento
19 de julio de 2010
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de julio de 2010
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
43° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública hoy, ante mi, don JAIME EDUARDO DEIK KAWAS, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 9.668.761- 3, por sí, y doña JAVIERA SOLEDAD DEIK KAWAS, chilena, casada, empresaria gastronómica, cédula nacional de identidad número 15.638.584-0, por sí, y ambos en representación de la SUCESIÓN DE DON JAIME RICARDO DEIK ZAROR, como sus únicos herederos, todos domiciliados para estos efectos en calle Las Catalpas mil cuarenta y cinco departamento ciento sesenta y dos, comuna de Vitacura, Santiago, modifican la sociedad INMOBILIARIA DEIK E HIJOS LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 19 de julio del año 2010, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo. Un extracto de dicha escritura fue inscrito a fojas 40894, número 28310, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2010 y se publicó en el que por Resolución Exenta número 98.198, de 9 de diciembre de 2019, del Director Regional del Registro Civil e Identificación, Región Metropolitana, se concedió posesión efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de don Jaime Ricardo Deik Zaror, a sus herederos Jaime Eduardo y Javiera Soledad, de apellidos Deik Kawas, en calidad de hijos del causante. La posesión efectiva consta inscrita en Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 8.105, número 11.570 del año 2020. El capital de la Sociedad es la suma de ochenta y ocho millones de pesos. Los comparecientes en este acto, actuales y únicos socios de Inmobiliaria Deik e Hijos Limitada, acuerdan que la administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá, desde esta fecha a JAVIERA SOLEDAD DEIK KAWAS. Por lo anterior, reemplazan el Artículo Décimo Primero, primer párrafo, del pacto social de la Sociedad por el siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña Javiera Soledad Deik Kawas, quien tendrá en consecuencia la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo realizar todos los actos, contratos y negocios relativos al objeto social, con las más amplias atribuciones y expresamente con las siguientes facultades, enumeración que no reviste el carácter de taxativa sino meramente ejemplar:” En todo lo demás, el artículo Décimo Primero se mantiene íntegramente vigente. Santiago 21 de agosto de 2020.