GLOBAL SERVICE LTDA.
Instrumento
- Fecha
- 8 de septiembre de 2020
- Notario
- GONZALO HURTADO PERALTA
- Oficio
- Tercera Notaría de Antofagasta
- Comuna
- Antofagasta
Sociedad
- Capital
- $751.840 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO HURTADO PERALTA, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Antofagasta, con oficio en calle José de San Martín N° 2745, Antofagasta, certifico: Que por escritura pública de fecha 8 de septiembre de 2020, ante mí: Doña MYRIAM CAROLINA IZARRAULDEZ FERNANDEZ, domiciliada en Calle Escuela de Grumetes 225 Villa Las Rocas, Ciudad de Tocopilla; CLAUDIO RODRIGO GONZALEZ AVALOS, domiciliado en Calle John Kennedy n° 29 , Ciudad de Tocopilla; y don WALDO HUMBERTO GOMEZ CARVAJAL, domiciliado en Calle Alto Covadonga 0669, Block 22 B, departamento 204, Ciudad de Tocopilla; los comparecientes vienen en modificar la Sociedad comercial Responsabilidad Limitada , con RAZON SOCIAL “ GLOBAL SERVICE LTDA.” Y cuyo Rol único tributario es 76.401.761-7 MODIFICACIONES: Por este acto, ingresa a esta sociedad don CLAUDIO RODRIGO GONZALEZ AVALOS cédula de identidad y rol único tributario trece millones ciento setenta y tres mil, doscientos cincuenta y dos guión k. a) La socia MYRIAM CAROLINA IZARRAULDEZ FERNANDEZ, en adelante, “ LA CEDENTE” cédula de identidad y rol único tributario número cedula de identidad número doce millones ochocientos mil quinientos treinta y seis guión seis, titular del setenta por ciento ( 70%) del capital social inicial, ascendientes a la fecha de hoy, a setecientos cincuenta y un mil ochocientos cuarenta pesos ( $751.840) , por este acto vende, cede y / o transfiere el total de su porcentaje y /o cuota de participación en la sociedad a las socios don CLAUDIO RODRIGO GONZALEZ AVALOS y don WALDO HUMBERTO GOMEZ CARVAJAL, en adelante “ LOS CESIONARIOS”, lo que se pacta de la siguiente manera: 1.- Al cesionario don CLAUDIO RODRIGO GONZALEZ AVALOS, se le cede el 70% de dicho porcentaje de capital social inicial, monto ascendiente a la fecha de hoy, a quinientos veintiséis mil doscientos ochenta y ocho pesos, ( $526.288) 2.- Al cesionario don WALDO HUMBERTO GOMEZ CARVAJAL, se le cede el 30% de dicho capital social inicial, monto ascendiente a la fecha de hoy, a doscientos veinticinco mil, quinientos cincuenta y dos pesos. ($225.552). a) Como consecuencia de lo señalado en la letra b) de esta cláusula, por este acto, la socia MYRIAM CAROLINA IZARRAULDEZ FERNANDEZ deja de pertenecer a la sociedad. Asimismo, como consecuencia de lo señalado en la letra b) de esta cláusula por este acto el socio y cesionario don WALDO HUMBERTO GOMEZ CARVAJAL pasa a detentar el cincuenta y un por ciento ( 51%) del total del capital social inicial, ascendiente a la suma de quinientos cuarenta y siete mil , setecientos sesenta y nueve pesos ($547.769) y el socio y cesionario don CLAUDIO RODRIGO GONZALEZ AVALOS, pasa a detentar el cuarenta y nueve ( 49%) del total del capital social inicial, monto ascendiente a la fecha de hoy, a la suma de quinientos veintiséis mil, doscientos ochenta y ocho pesos( $526.288). La administración, y uso de la razón social le corresponderá de consuno o forma conjunta o separada a los actuales socios, CLAUDIO RODRIGO GONZALEZ AVALOS y WALDO HUMBERTO GOMEZ CARVAJAL. Las utilidades se distribuirán, entre los dos socios antes señalados de la siguiente manera: 1.- A don WALDO HUMBERTO GOMEZ CARVAJAL. le corresponderá el cincuenta y un por ciento (51%) de las utilidades de la sociedad y a don CLAUDIO RODRIGO GONZALEZ AVALOS le corresponderá el cuarenta y nueve por ciento (49%) de las utilidades de la sociedad. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Otras estipulaciones escritura. ANTOFAGASTA, 10 de septiembre de 2020.