CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS SANTA FERNANDA LIMITADA

CVE 1815518
Capital
$1.500 CLP
Fecha instrumento
9 de septiembre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
9 de septiembre de 2020
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.500 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la Sociedad, que podrá ser desarrollado por sí misma o por medio de filiales o coligadas, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, será: (a) la prestación de todo tipo de servicios profesionales y técnicos de asesoría, consultoría y capacitación, entre otros, en materias contables, comerciales, financieras, industriales, y kinesiológicas, entre otras; (b) en general, la celebración de cualquier acto o contrato, así como, el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores; y (c) la realización de todo tipo de actividades que sean necesarias o que estén directa o indirectamente relacionadas con el objeto indicado, sin perjuicio del hecho que la Sociedad pueda llevar a cabo todo tipo de negocios y actividades permitidas por ley. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y

Administración

corresponderá unipersonalmente a don JOSÉ LUIS BENÍTEZ ADASME, con facultades de escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N ° 69, piso dos, comuna de Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 20 de julio del 2020, otorgada bajo el repertorio N ° 13.465/2020, ante mí, don José Luis Benítez Adasme, domiciliado en Corinto Oriente N º 51, Lomas de Lo Aguirre, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana; doña Valerin Tatiana Adasme Rivadeneira, domiciliada en El Bajo N º 9.478, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana; y don Carlos Andrés Zúñiga Rebolledo, domiciliado en Los Aromos N º 3.888, comuna de Renca, Región Metropolitana, acordaron la constitución de sociedad comercial de responsabilidad limitada, que se denominará “ASESORÍAS SANTA FERNANDA LIMITADA”. OBJETO SOCIAL: El objeto de la Sociedad, que podrá ser desarrollado por sí misma o por medio de filiales o coligadas, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, será: (a) la prestación de todo tipo de servicios profesionales y técnicos de asesoría, consultoría y capacitación, entre otros, en materias contables, comerciales, financieras, industriales, y kinesiológicas, entre otras; (b) en general, la celebración de cualquier acto o contrato, así como, el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores; y (c) la realización de todo tipo de actividades que sean necesarias o que estén directa o indirectamente relacionadas con el objeto indicado, sin perjuicio del hecho que la Sociedad pueda llevar a cabo todo tipo de negocios y actividades permitidas por ley. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: corresponderá unipersonalmente a don JOSÉ LUIS BENÍTEZ ADASME, con facultades de escritura extractada. CAPITAL. $1.500.000 que los socios aportaron de la siguiente forma: don JOSÉ LUIS BENÍTEZ ADASME, $500.000, correspondiente al 33,33 % del capital social, enterado y pagado en el acto de constitución; doña VALERIN TATIANA ADASME RIVADENEIRA, $500.000, correspondiente al 33,33 % del capital social, enterado y pagado en el acto de constitución; y don CARLOS ANDRÉS ZÚÑIGA REBOLLEDO, $500.000, correspondiente al 33,33 % del capital social, enterado y pagado en el acto de constitución. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD: Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: Indefinida. DOMICILIO. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales o agencias que sus administradores puedan abrir o iniciar en el país o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 9 de septiembre de 2020.