CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES Y COMERCIAL PEÑUELAS SpA

CVE 1814321
Capital
$68.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de septiembre de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
3 de septiembre de 2020
Notario
NATALIA RAMIREZ ARANDA
Domicilio
Viña del Mar

Sociedad

Capital
$68.000.000 CLP
Domicilio
Viña del Mar
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, intermediación de negocios, u otra forma de explotación, loteo, estudios topográficos, parcelación, subdivisión, construcción, urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio, inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales; b) La prestación de servicios de consultoría por cuenta propia o ajena, la realización de estudios, proyectos y su ejecución. Y todo lo que acuerden los socios tendientes a ejecutar actos comerciales que se relacionen directa o indirectamente con el

Administración

Administración y Uso De

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NATALIA RAMIREZ ARANDA, abogado, Notario Público de Viña del Mar, con oficio en 12 Norte número 785, piso 3, Suplente del titular LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, certifico: Que por escritura pública de fecha 03 de septiembre de 2020, ante mí, RONALD MAURICIO KLESSE AZOCAR, chileno, domiciliado en avenida San Martín 821 departamento 607 Viña del Mar y MARIELA ISABEL DIAZ CHACON, chilena, domiciliada en calle Callao 3069 departamento 1201 Las Condes, constituyeron sociedad por acciones, Razón social: “INVERSIONES Y COMERCIAL PEÑUELAS SpA” sin perjuicio de operar, inclusive con los Bancos e instituciones financieras bajo el nombre de fantasía de “I C Peñuelas SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, intermediación de negocios, u otra forma de explotación, loteo, estudios topográficos, parcelación, subdivisión, construcción, urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio, inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales; b) La prestación de servicios de consultoría por cuenta propia o ajena, la realización de estudios, proyectos y su ejecución. Y todo lo que acuerden los socios tendientes a ejecutar actos comerciales que se relacionen directa o indirectamente con el giro. Capital: $68.000.000.- divididos en 100 acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal, suscrito por los constituyentes: El capital de la sociedad se aporta de la siguiente forma: don RONALD MAURICIO KLESSE AZOCAR: a) con aporte en propiedad del departamento 3145 del Condominio Palmas de Peñuelas en Coquimbo, El título de dominio se encuentra inscrito a fojas 5411, número 2564 del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo del año 2020. Las partes la avalúan en la suma de $34.000.000.- equivalentes a 50 acciones de la sociedad, las cuales se dan por suscritas y pagadas con el aporte del bien raíz. Doña MARIELA ISABEL DIAZ CHACON, aporta la suma de $34.000.000.- equivalentes a 50 acciones de la sociedad, las cuales ingresarán a la caja social en un plazo de cinco años se dan por suscritas dichas acciones. Capital suscrito $68.000.000; capital pagado $34.000.000.- Duración: Indefinida. Domicilio: Viña del Mar, sin perjuicio de sucursales que puedan establecerse dentro del país o extranjero. Administración: Administración y Uso De Razón Social: La administración de la sociedad será ejercida por uno o mas Administradores, designados por la Junta de Accionistas, por mayoría absoluta, mediante escritura pública. En carácter provisional se designa como Administrador a doña MARIELA ISABEL DIAZ CHACON mientras no se designe al Administrador definitivo por la Junta de Accionistas. Responsabilidad: Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de los respectivos aportes en la sociedad.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Viña del Mar, 07 de septiembre de 2020.