INVERSIONES H.O. LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de agosto de 2020
- Repertorio
- 4607-2020
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $320.803.300 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES TOCA SpA | socio | 76246687-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, Certifica: que, ante mí Jorge Reyes Bessone, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número 4.886, comuna de San Miguel, por escritura pública de fecha 17 de agosto del año 2020, Repertorio N° 4607-2020, comparecen los socios de INVERSIONES H.O. LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 75.949 número 52.839 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2012 (la “Sociedad”), (i) doña MARÍA ANTONIETA ORPIS BOUCHON, cédula de identidad N° 7.005.540-6; (ii) don CARLOS RAMÓN HARSEIM HEIN, cédula de identidad N° 5.894.640-9; (iii) INVERSIONES TOCA SpA, Rol Único Tributario N° 76.246.687-2; (iv) don CHRISTIAN ERICH HARSEIM ORPIS, cédula de identidad N° 12.037.716-7; (v) don CARLOS ANDRÉS HARSEIM ORPIS, cédula de identidad N° 12.037.701-9; (vi) doña NICOLE HARSEIM ORPIS, cédula de identidad N° 17.402.535-5; y, (vii) don ALAN HARSEIM ORPIS, cédula de identidad N° 15.959.457-2; todos ellos domiciliados para estos efectos Avenida Las Condes número 9.792, oficina 801, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, quienes acuerdan modificar la sociedad en la siguiente forma: (A) (1) doña María Antonieta Orpis Bouchon cede y transfiere a doña Nicole Harseim Orpis la nuda propiedad del 19,837% de sus derechos sociales en la Sociedad, reservándose el derecho real de usufructo vitalicio para sí, en forma gratuita e irrevocable, por haberse realizado mediante donación por acto entre vivos, por mera liberalidad; (2) don Carlos Ramón Harseim Hein cede y transfiere a doña María Antonieta Orpis Bouchon el derecho real de usufructo vitalicio, sobre el 29,9055% de sus derechos sociales en la Sociedad, reservándose la nuda propiedad para sí, en forma gratuita e irrevocable, por haberse realizado mediante donación por acto entre vivos, por mera liberalidad; (3) don Carlos Ramón Harseim Hein cede y transfiere a don Christian Erich Harseim Orpis la nuda propiedad del 24,869775% de sus derechos sociales en la Sociedad, reservándose el derecho real de usufructo vitalicio para sí, en forma gratuita e irrevocable, por haberse realizado mediante donación por acto entre vivos, por mera liberalidad; (4) don Carlos Ramón Harseim Hein cede y transfiere a don Carlos Andrés Harseim Orpis la nuda propiedad del 24,869775% de sus derechos sociales en la Sociedad, reservándose el derecho real de usufructo vitalicio para sí, en forma gratuita e irrevocable, por haberse realizado mediante donación por acto entre vivos, por mera liberalidad; (5) don Carlos Ramón Harseim Hein cede y transfiere a don Alan Harseim Orpis la nuda propiedad del 24,869775% de sus derechos sociales en la Sociedad, reservándose el derecho real de usufructo vitalicio para sí, en forma gratuita e irrevocable, por haberse realizado mediante donación por acto entre vivos, por mera liberalidad; y, (6) don Carlos Ramón Harseim Hein cede y transfiere a doña Nicole Harseim Orpis la nuda propiedad del 5,0321% de sus derechos sociales en la Sociedad, reservándose el derecho real de usufructo vitalicio para sí, en forma gratuita e irrevocable, por haberse realizado mediante donación por acto entre vivos, por mera liberalidad. (B) Como consecuencia de lo anterior, se modifica el ARTÍCULO SEXTO de los estatutos, reemplazándose por el siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de $320.803.300, que ha sido íntegramente pagado y enterado a la caja social con anterioridad a esta fecha y que corresponde a los socios en las siguientes proporciones: a. don Carlos Ramón Harseim Hein, es propietario pleno del 0,1175% de los derechos sociales de la Sociedad, y además, propietario del derecho real de usufructo vitalicio sobre el 49,725132% de los derechos sociales de la Sociedad; b. doña María Antonieta Orpis Bouchon, es propietaria plena del 0,1015% de los derechos sociales de la Sociedad, y además, propietaria del derecho real de usufructo vitalicio sobre el 49,7425% de los derechos sociales de la Sociedad; c. Inversiones Toca SpA, es propietaria plena del 0,0031171749168416% de los derechos sociales de la Sociedad; d. don Carlos Andrés Harseim Hein, es propietario pleno del 0,0779293729210392% de los derechos sociales de la Sociedad, y además, nudo propietario del 24,869775% de los derechos sociales de la Sociedad; e. don Christian Erich Harseim Orpis, es propietario pleno del 0,0779293729210392% de los derechos sociales de la Sociedad, y además, nudo propietario del 24,869775% de los derechos sociales de la Sociedad; f. don Alan Harseim Orpis, es propietario pleno del 0,0779293729210392% de los derechos sociales de la Sociedad, y además, nudo propietario del 24,869775% de los derechos sociales de la Sociedad; y, g. doña Nicole Harseim Orpis, es propietaria plena del 0,0779293729210392% de los derechos sociales de la Sociedad, y además, nudo propietaria del 24,8691% de los derechos sociales de la Sociedad.” En todo lo no modificado rige el pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 4 de septiembre de 2020.