INVERSIONES ASTILLA SpA
Instrumento
- Fecha
- 3 de enero de 2020
- Notario
- ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE
- Oficio
- 6ª Notaría de La Serena
- Comuna
- La Serena
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, Notario Público Titular de la 6ª Notaría de La Serena, Huanhualí N° 324, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, IGNACIO ENRIQUE RODRÍGUEZ CALLEJAS, domiciliados en avenida Peñuelas Norte N°101, departamento 44, torre III, Coquimbo, de paso en esta; y don MATÍAS SEBASTIÁN HIDALGO VENEGAS, domiciliado en avenida Los Perales Poniente 0679, departamento 102, torre II, La Serena; modificaron sociedad por acciones, “INVERSIONES ASTILLA SpA”, la que fuera constituida por escritura pública de fecha 03 de enero del año 2020, otorgada en la notaría de La Serena de doña Elena Leyton Carvajal, cuyo extracto fuera publicado en D.O. n°42.551 de fecha 13 de enero de 2020, cuya razón social es “INVERSIONES ASTILLA SpA”, del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 77.112.814-9, con domicilio en la ciudad de Santiago. La empresa fue inscrita a fojas 3.146 bajo el n°1.681, del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2020. MATÍAS SEBASTIÁN HIDALGO VENEGAS, se retira de la sociedad y vende, cede y transfiere el 100% de su interés social, consistente en un 50% del capital, 500 acciones de la sociedad precedentemente individualizada a don IGNACIO ENRIQUE RODRÍGUEZ CALLEJAS quien compra, acepta y adquiere para sí las referidas acciones. El precio de esta cesión es la suma de $5.000.000.-, que el comprador don IGNACIO ENRIQUE RODRÍGUEZ CALLEJAS, pagó al vendedor de la manera indicada en escritura extractada. En consecuencia, a partir de la fecha de suscripción del presente instrumento queda como único accionista de la sociedad “INVERSIONES ASTILLA SpA”, don IGNACIO ENRIQUE RODRÍGUEZ CALLEJAS con un 100% en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados. Por el instrumento extractado IGNACIO ENRIQUE RODRÍGUEZ CALLEJAS, procede a modificar la cláusula décimo cuarta de los estatutos de la sociedad por acciones, en el sentido de señalar que la administración y uso de la razón social corresponderá en forma exclusiva a don Ignacio Enrique Rodríguez Callejas, quien anteponiendo la razón social a su respectiva firma la obligará y representará en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, según la enumeración no taxativa que se hace en las cláusulas décimo séptima y décimo octava de los estatutos de las sociedad. En todo lo que no se modifica, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social.- Demás estipulaciones constan escritura extractada. La Serena, 07 de Septiembre del año 2020.